lunes, 25 de octubre de 2010

Deuda externa española al final del segundo trimestre de 2010

Por primera vez desde el tercer trimestre de 2008, la deuda externa española se ha reducido respecto a la del trimestre anterior. Esta noticia es buena, muy buena, aunque habrá que esperar a los datos de trimestres sucesivos para corroborar que se está iniciando el camino que permitirá eliminar la barrera más importante que nos impide avanzar hacia la recuperación económica.

La cifra global de reducción no es espectacular, 22500 millones de euros equivalentes al 1,3% de la deuda total al final del trimestre anterior, pero es relevante, sobre todo si en los próximos trimestres continúa la misma tendencia, aunque sea al mismo ritmo.

El sector privado ha reducido su deuda externa por segundo trimestre consecutivo, y aunque las diferencias no sean muy grandes, se ha colocado en el menor valor desde el primer trimestre de 2008, lo que parece indicar que en esta parte la deuda externa ya se está comportando como debiera hacerlo el conjunto.



El sector público es el que ha registrado una mayor reducción, el 6,9% en un solo trimestre, aunque el motivo haya sido las elevadísimas primas de riesgo que encarecían enormemente el coste de las nuevas emisiones. Ciertamente, en el caso del sector público es necesario tener en cuenta la evolución de la deuda pública total y en ese sentido, el comportamiento del sector público dista mucho de acercarse a lo deseable, ya que ni siquiera se plantea la conveniencia de realizar los presupuestos de cada una de las administraciones públicas para 2010 por el sistema de presupuesto base cero, única forma de conseguir reducir el déficit público lo máximo posible con el menor coste posible.



El conjunto de las instituciones financieras es el único grupo que ha vuelto a aumentar su deuda externa, aunque seguramente lo ha hecho para poder completar la demanda de financiación del sector público. El mecanismo seguido habrá sido probablemente el de que las entidades financieras acudieran en lo posible a la financiación del Banco Central Europeo, con un coste muy próximo al del tipo de interés oficial de esta entidad (el 1% anual durante todo este periodo) para luego prestar buena parte de esas cantidades al sector público con un margen elevado en operaciones sin riesgo. Las entidades financieras en su conjunto redujeron su deuda con el exterior a largo plazo en el 4,3% pero aumentaron la deuda a corto plazo en el 5,1%, con el resultado conjunto de un aumento de su deuda total del 0,8%.



La deuda externa, como ya se ha comentado, ha descendido en el segundo trimestre en 22548 millones de euros y ha pasado a ser de 1,77 billones de euros cuando en el tercer trimestre de 2007 era de de 1,54 billones de euros.



Aunque en el mejor de los casos se haya iniciado el necesario proceso de reducción de la deuda total, todavía nos esperan muchos trimestres de situación preocupante para las instituciones financieras, ante la hipótesis de que el BCE reduzca progresivamente los créditos que les proporciona a corto plazo y a bajo tipo de interés, situación que antes o después se tendrá que producir, pero también para la mayoría de las empresas y de las familias españolas que seguirán teniendo muchas dificultades para acceder al crédito, lo que será un lastre importante para la recuperación de la actividad, motivo por el que es muy urgente que el conjunto de las administraciones reduzcan el déficit público para lo que es necesaria una política muy restrictiva del gasto público, sin afectar en exceso a las prestaciones sociales ni a la inversión en infraestructuras, para lo que es necesario aplicar medidas de calado muy superior al hasta ahora anunciado en el resto de los conceptos.

viernes, 22 de octubre de 2010

Todos contra la SGAE

Este mensaje triunfó durante el proceso de gestación de la normativa que impuso el canon digital en España, aunque no lo suficiente como para impedir que se pusiera en vigor una normativa tan injusta para los ciudadanos y entidades de este país.

El Tribunal de Justicia de la UE ha dictado una sentencia que sin declarar ilegal la normativa vigente en España deja libres a todas las entidades y personas jurídicas de tener que pagar el maldito canon, por lo que, aunque sólo parcialmente, se ha adherido al lema.

Las entidades de gestión de derechos consideran que ha sido un triunfo para ellas, con lo que dejan claro que lo que les preocupa es mantener la posibilidad de obligar a pagar a los ciudadanos por unos servicios, aún en el caso de que estos no quieran comprarlos, a los que ellos ponen el precio que les viene en gana.

Queda claro que no consideran adecuado vender los servicios por un precio razonable a quien desee comprarlos, sino sólo mantener el derecho de pernada de que los ciudadanos en su conjunto transfieran obligatoriamente unas cantidades a sus arcas, que manejan sin control alguno para seguir haciendo su imperio inmobiliario y pagar a los pocos que las dirigen pensiones varias veces superiores a la máxima que los demás ciudadanos podemos percibir tras no menos de 35 años de cotización a la Seguridad Social ¿verdad Sr. Bautista? aunque para justificarse paguen cantidades pequeñísimas a los autores que no han tenido éxitos importantes.

El gobierno tendría que modificar la legislación, pero el próximo horizonte de elecciones no le facilitará cumplir la amenaza que le han dictado las entidades de gestión, que ya han dicho que si sólo tienen que pagar los ciudadanos, habrá que aumentar el canon para que su recaudación se mantenga.

La respuesta de muchos ciudadanos podría ser un nuevo lema “Ni un voto para los partidos que defiendan mantener el canon”

jueves, 14 de octubre de 2010

Gas Natural, Sonatrach y Medgaz y los precios del gas natural en España

El laudo que ha dado plenamente la razón a Sonatrach en su conflicto de precios del gas con Gas Natural viene a sumarse a la próxima puesta en operación de la nueva conexión con Argelia por Almería, conocida como Medgaz, para complicar de forma relevante la situación de los precios del gas natural para los consumidores españoles.

Gas Natural ha gestionado de forma muy deficiente sus contratos con Sonatrach para recibir el gas argelino por Tarifa, como lo prueba el hecho poco común de que en un laudo arbitral se de el cien por cien de la razón a una de las partes, y ahora pretende que el Ministerio español competente acuda en su ayuda para traspasar a los consumidores que se mantengan en la TUR la mayor parte de la indemnización que debe pagar, lo que podría provocar una desbandada de clientes al mercado libre, con la consiguiente subida de precios en este mercado.

Lo más probable es que se consolide la fórmula de precios aprobada por el laudo arbitral, al menos para los años 2007, 2008 y 2009 ya que Gas Natural afirma haber reclamado la revisión de la misma a partir de 2010. También es más que probable que los contratos que Sonatrach ha firmado con sus clientes a través de Medgaz (Iberdrola, Endesa, Cepsa-Total y Gaz de France-Suez) tengan fórmulas de precios tales que el gas puesto en Almería a través de Medgaz cueste poco más o menos lo mismo que el gas puesto en Tarifa a través del Gasoducto Magreb-Europa con los precios fijados en el laudo. Como es sabido, los contratos de suministro de gas a largo plazo son muy opacos, por lo que las empresas se resisten a proporcionar las fórmulas de precios que los rigen (incluso a la Comisión Nacional de Energía) y hay muy pocas personas en cada empresa compradora de gas que las conozcan con certeza.

Por los datos que han expresado públicamente algunos representantes de Sonatrach, la subida de precios derivada del laudo estaría comprendida entre el 20 y el 30% respecto a la fórmula anteriormente vigente, por lo que no es arriesgado suponer que el gas argelino por gasoducto habrá pasado a ser el gas más caro de los que llegan a España, cuando debería ser el más barato (por los menores costes de producción y de transporte respecto a los de cualquier otra alternativa) como ocurría cuando en 1996 se inició la operación del gasoducto Magreb-Europa negociado, diseñado y realizado por Enagás.

Con la entrada en operación de Medgaz, que probablemente se producirá a lo largo de 2011, Sonatrach podría aprovisionar por gasoducto algo más del 50% del gas consumido en España, compitiendo con gas de otros países que llegará a precios sensiblemente inferiores. Gas Natural será el comprador de algo más de la mitad del gas que venga de Argelia, por lo que la fijación de los precios al consumidor en España será un aspecto fundamental para su cuenta de resultados.

Dado el mayor precio del gas argelino, lo más probable es que todas las comercializadoras, incluida Gas natural, limiten sus compras a las cantidades mínimas contractuales (unos 7,5 bcm anuales de Gas Natural y unos 5,5 bcm anuales del conjunto de comercializadoras que recibirán el gas a través de Medgaz) y Sonatrach intentará vender todo el gas que pueda, a través de sus comercializadoras, siempre que su precio de venta no suponga un precio implícito en Almería inferior al que le paguen la comercializadoras en ese punto.

Por otra parte, Gas Natural estará muy interesada en que el precio de referencia sea su precio de compra en Tarifa, única forma de evitar pérdidas en la venta de una cantidad de gas tan elevada, pero esta política le llevaría, probablemente, a perder una parte relevante del mercado en favor de otras comercializadoras que tengan una proporción inferior de gas argelino en su cesta de aprovisionamientos.

El resto de las comercializadoras que compran gas a Sonatrach estarán también interesadas en que la referencia de precio sea la misma, y las que no compran gas en Argelia se estarán frotando las manos porque tendrán la oportunidad de ganar cuota de mercado con unos márgenes muy suculentos.

La competencia será especialmente dura entre las empresas que aprovisionan de gas a los ciclos combinados de su propiedad, dada la escasa ocupación media que tendrán en los próximos años, por lo que para ellas disponer de gas que en su mayor parte, o en la totalidad, tenga un precio de compra inferior al argelino podría suponer la posibilidad de que sus ciclos tengan una ocupación sensiblemente mayor. También en este aspecto Gas Natural tiene las peores bazas, porque su capacidad de generación tiene mayor proporción de ciclos combinados que su competencia.

La entrada en operación de Medgaz, unida a los elevados precios del gas argelino contratado a largo plazo supondrá un cambio estructural del mercado español de gas y el Gobierno debe actuar para que no suponga un incremento de precio para los consumidores de gas que reste competitividad a nuestra economía.

La llegada de gas a través de Medgaz podría suponer, además, algunas complicaciones técnicas adicionales, si en días concretos las peticiones totales de entrada de gas por el sur fueran muy superiores a la demanda en esa zona, ya que el sistema gasista español no se diseñó teniendo en cuenta que todo el gas que entre por Almería tuviera como destino el mercado español.

La única manera de paliar los problemas que supondrá el aumento de la proporción de gas que llegará a España por gasoducto, procedente de Argelia y a un precio más elevado que el de los mercados próximos, será la implantación de un mercado secundario de gas en España que funcione con precios transparentes.

Ya existe un mercado secundario que funciona con bastante liquidez desde hace años, pero que tiene el grave inconveniente de que sus precios no son públicos, por lo que el Ministerio debería implantar una normativa que garantizara el funcionamiento transparente del mismo. Una forma eficaz para conseguirlo sería obligar a los dos grupos incumbentes (Gas Natural como comercializador y Sonatrach como suministrador) a que completaran cada día, a partes iguales, la oferta y la demanda de gas en ese mercado hasta que haya al menos gas ofrecido y también gas demandado en una cuantía no inferior al 10% de la demanda total de gas prevista para ese día por el GTS, con unas diferencias entre los precios a los que cada empresa ofrezca y demande el gas que no superen el 1% del precio del gas ofrecido por esa misma empresa (o 0,02 céntimos de euro por kWh, cuando aquel valor sea inferior) Si esta norma se pusiera, es seguro que ambos incumbentes sólo tendrían que complementar la oferta y la demanda durante unos pocos días, ya que la cantidad de gas comercializada cada día en el mercado secundario, sin precio declarado, es desde hace tiempo muy superior.

Dividendos virtuales: la magia fiscal

El sistema impositivo español, como los de los demás países, tiene un aspecto profundamente injusto, ya que al gravar las rentas que se obtienen, aplica tipos impositivos muy diferentes, dependiendo del origen de las rentas.

Para una persona que tenga una nómina relativamente alta, el tipo impositivo marginal estará el próximo año entre el 44 y el 50% dependiendo de la comunidad autónoma en la que declare su renta. Si la renta en lugar de proceder del trabajo personal, lo hace de inversiones financieras, independientemente del nivel de renta, el tipo marginal será, enseguida, del 21%, esto es, menos de la mitad. Si la renta proviene de una actividad sujeta a módulos, para una renta efectiva equivalente a la nómina anterior, el tipo marginal será prácticamente nulo para la mayor parte de la renta obtenida, y si la renta proviene de una empresa el tipo variará entre el 1% de las famosas SICAV y el 25% (de una base imponible inferior porque se pueden deducir numerosos gastos que no son deducibles en las rentas de otros orígenes) para la mayoría de las empresas pequeñas y medianas, tipos a los que habrá que añadir el 21% si se reparten dividendos, lo que explica que los profesionales con rentas elevadas monten una sociedad a poco que puedan para reducir el tipo impositivo efectivo.

Pero la verdadera magia fiscal aparece con los dividendos virtuales, que son aquellas retribuciones que se obtienen indirectamente de la empresa de la que uno es propietario y que tienen la virtud, para el contribuyente, de que no pagan impuesto sobre la renta e incluso, en muchos casos, permiten recuperar, total o parcialmente, el IVA.

Para los que no son ricos, los dividendos virtuales sólo se pueden aplicar a bienes y servicios limitados, pero los ricos de verdad pueden pagar una parte muy relevante de sus gastos sin tener que pagar ni siquiera el IVA.

La persona no rica puede, por ejemplo, comprar a través de la empresa el ordenador que después usará su hijo. Recuperará la totalidad del IVA y no sólo no pagará ningún impuesto sino que dejará de pagar el 25% del precio antes de IVA en el impuesto de sociedades. Si el precio antes de IVA del ordenador fuera de 600 euros, el coste después de impuestos habría sido para su empresa de 450 euros.

Si esa misma persona pagara el mismo ordenador a través de un dividendo obtenido de su empresa, necesitaría recibir de la empresa 896,20 euros (para pagar el impuesto sobre la renta (188,2 euros) y el ordenador con el IVA (708 euros)) para lo que la empresa habría pagado antes otros 298,73 euros por impuesto de sociedades, con lo que habría tenido que dedicar un total de 1194,93 euros de los resultados de la empresa, de los que Hacienda habría recibido 594,93 euros por las distintas vías impositivas.
La magia del dividendo virtual está en la diferencia entre ambas cifras, 1194,93 euros por la vía del dividendo tradicional frente a 450 euros por la vía del dividendo virtual, lo que equivale a haber tenido una reducción en el precio del 62,3%.

Los ricos de verdad pueden extender esta práctica, y lo hacen, a la mayoría de sus gastos en bienes y servicios, incluidas las vacaciones, ya que nada impide que su empresa (una SA de alta facturación) decida realizar cada año una reunión para definir la estrategia de la empresa, o una convención de ventas, en un hotel de lujo de la ciudad en la que el dueño de la empresa desee pasar sus vacaciones con su familia.