viernes, 25 de agosto de 2023

Mi experiencia con la instalación doméstica de paneles solares fotovoltaicos IV La regla del 80%

 

Mi experiencia con la instalación doméstica de paneles solares fotovoltaicos

IV La regla del 80%

Al incluir los incentivos para promover la instalación de plantas solares en las viviendas, el Ministerio competente, seguramente aconsejado por el lobby eléctrico, introdujo una limitación que, aparentemente, no fuera muy llamativa pero que a la vez desincentivara, por una parte la instalación de las plantas solares en las segundas viviendas y, por otra, la instalación de potencia claramente superior a la necesaria para cubrir, en términos anuales, el consumo esperable de la vivienda de que se trate.

Parecería que el ejecutivo no tuviera mucho interés en que, aprovechando al máximo las ayudas a fondo perdido de la UE, para este tipo de instalaciones, se promoviera la instalación del máximo de potencia de generación solar en los tejados de los edificios existentes, a pesar de las siguientes ventajas para nuestro país y para la población en general que disponga de tejados apropiados para su instalación:

a) Ventajas para el país:

-  Instalación económicamente viable de una potencia muy relevante de energía 100% renovable, que en su mayor parte no requiere refuerzos en las infraestructuras de transporte ni de distribución de electricidad, sino que, por el contrario, en una elevada proporción reduciría la necesidad de nuevas infraestructuras para atender zonas próximas a la saturación.

-  Reducción de la dependencia de importaciones de gas natural, en la proporción de 2 kWh menos de gas por cada kWh generado en estas instalaciones, con los consiguientes beneficios en la reducción de emisiones de CO2 y en la mejora de la balanza de pagos. Esto es así porque el gas natural es la fuente de energía marginal para la generación de electricidad en España y por tanto cada kWh adicional producido con el sol reduce el consumo de gas en 2 kWh en los ciclos combinados.

-  Mejora de la seguridad del suministro eléctrico en las zonas de influencia de las plantas solares instaladas.

b) Ventajas para las familias que instalen las plantas solares:

-  Reducción muy relevante de las emisiones de CO2 de esas familias.

-  Reducción muy relevante de su factura de electricidad.

-  En los casos de viviendas con calefacción a gas, reducción muy relevante de la factura del gas que, en no pocos casos, podría llevar incluso a la desaparición de la necesidad de contar con esta fuente de energía.

-  Reducción de la pobreza energética de quienes tienen que elegir entre confort térmico o mejor alimentación, que tendrían una mejora muy apreciable de la calidad de vida en sus hogares con aumento de la temperatura de la vivienda en invierno y reducción de la misma en verano, sin coste energético alguno, lo que les permitiría tener más dinero para la mejora de la alimentación u otras necesidades.

c) Empresas beneficiadas:

-  Empresas fabricantes y comercializadoras de componentes de instalaciones solares.

-  Empresas instaladoras y/o de mantenimiento de instalaciones solares.

-  Empresas comercializadoras de electricidad proveniente de instalaciones solares

d) Empresas perjudicadas:

-  Compañías del sector del gas, con negocio en España, que se dediquen a la exportación de GN, GNL y GLP con destino a nuestro país.

-  Compañías con negocio en España de distribución y/o comercialización de gas.

-  Compañías de generación y/o de comercialización de electricidad de origen distinto al sol .

En la versión actual del RD que regula las ayudas, entre otras, a las instalaciones de plantas solares en viviendas, en el Artículo 13.5. se dice lo siguiente:

"Los destinatarios últimos del programa de incentivos 4 tendrán que justificar la previsión de que, en cómputo anual, la suma de la energía eléctrica consumida por parte del consumidor o consumidores asociados a la instalación de autoconsumo objeto de ayuda sea igual o superior al 80 % de la energía anual generada por ésta, según lo establecido en el anexo II"

Pero el citado RD no explica en detalle cómo funcionará esta regla.

En una interpretación muy optimista para quienes hayan instalado las plantas solares, cabría interpretar que con los informes entregados al solicitar el permiso de instalación y las ayudas sería suficiente, siempre que la información de consumo histórico previo de electricidad de un periodo de al menos 12 meses fueran ciertas y coherentes con la potencia a instalar.

Cabe esperar, sin embargo, que se pueda solicitar también la comprobación a posteriori del cumplimiento de la regla en periodos también de doce meses. El cálculo a realizar es bastante sencillo sobre el papel, ya que en el periodo a analizar se debe cumplir la siguiente ecuación:

(autoconsumo + consumo aportado por la red)/Generación >= 0,8

Pero nada se dice del origen de los datos. Está claro que el consumo aportado por la red será el que conste en los registros de la distribuidora de electricidad, que están disponibles para cada hora de cada día. En cuanto a los datos de generación y de autoconsumo, hoy por hoy solo se pueden sacar del inversor de la planta solar, pero en los meses transcurridos, ya he podido comprobar que algunos días (no muchos) los datos del inversor no son coherentes.

Parece claro que el RD intenta excluir de las ayudas a las segundas viviendas con poco uso y, por otra parte, parece abocar a que aquellas personas que estén por debajo del 80% anulen sus exportaciones a la red durante el periodo que sea necesario, con el resultado, muy poco interesante para el país, de que se deje de producir la electricidad no auto consumida en horas de demanda alta o muy alta (aquellas en que se produce en las plantas solares) cuando desde el punto de vista del interés general del país debería promoverse la instalación de tanta potencia fotovoltaica como sea sostenible y económicamente razonable y, una vez en marcha las instalaciones, se lleve a cabo la máxima generación de electricidad posible, que para el país tiene un coste marginal idéntico a cero.

miércoles, 23 de agosto de 2023

Mi experiencia con la instalación doméstica de paneles solares fotovoltaicos III Elección de la empresa instaladora

 

Mi experiencia con la instalación doméstica de paneles solares fotovoltaicos

III Elección de la empresa instaladora

En la actualidad hay múltiples empresas que se dedican a la instalación, entre las que están las de los grandes grupos eléctricos y otras muchas pequeñas o medianas que, al menos en algunos casos, ofrecen también la posibilidad de contratar con ellas la comercialización de los excedentes de producción que se tengan.

Tuve, hace unos pocos años, una experiencia muy mala con una de las grandes. Ellos lo hacían todo, desde la instalación hasta el mantenimiento, pasando por la comercialización de los excedentes, pero con unas condiciones, en mi opinión, leoninas que incluían:

-  Un contrato de instalación que llevaba anexo otro de mantenimiento, que se empezaba a pagar desde el primer día de operación (sin tener en cuenta el periodo de garantía) con una duración de 20 años y sujeto a penalización en caso de adelanto de su final.

-  Un contrato de gestión de la instalación con un contrato de compra de todos los excedentes de electricidad al "maravilloso" precio de 3 céntimos por kWh, que añadía un término fijo de 10 €/mes a pagar por el cliente. También incluía un contrato de venta de la electricidad que se tomara de la red a un precio "sólo" ocho veces más alto que el precio de compra de los excedentes, y un contrato estándar de mantenimiento de la instalación eléctrica de la vivienda, todo ello con la misma duración de 20 años.

Existía la posibilidad de que hicieran solo la instalación, con un sobrecoste del 10% y la obligación del cliente de hacer todos los trámites administrativos, que no son pocos. Mi respuesta fue, obviamente, que no me interesaba, a la espera de ofertas más atractivas, ya que con su planteamiento yo pagaría toda la inversión y la empresa se quedaría, entre unos conceptos y otros, con la inmensa mayoría del margen bruto que generara la planta (en no pocos casos yo podría incluso tener que pagar algunas facturas por un importe superior a lo que debería pagar sin instalación solar con un contrato de tarifa regulada)

Por fortuna, la situación actual es mucho mejor para el consumidor ya que hay ayudas a la inversión muy relevantes y la competencia de nuevas empresas instaladoras, que ofrecen condiciones económicas mucho más favorables para quien instale la planta solar en su vivienda, ha hecho que también las grandes hayan mejorado mucho sus ofertas.

Considero importante que quien desee instalar una planta solar en su casa, dedique un tiempo a analizar el conjunto de la oferta de varias compañías, entre las que sería bueno que hubiera una, o mejor varias, empresas medianas o pequeñas, que ofrezcan el paquete completo, si se desea, pero con libertad de no incluir aquello que no interese y de poder cambiar de empresa sin penalización.

Es importante analizar la oferta en lo que se refiere a la venta de los excedentes y a la posible compensación en la factura del consumo de electricidad que, en la mayoría de los casos, será necesario tener, así como los contratos asociados a la gestión.

A la hora de decidir la capacidad a instalar así como la inclusión, o no, de baterías, es muy importante saber si se usará la planta de forma habitual para recargar uno o más vehículos y también si el consumo de electricidad en las horas en que no hay sol será, o no, una parte muy relevante del consumo de la vivienda.

martes, 22 de agosto de 2023

Mi experiencia con la instalación doméstica de paneles solares fotovoltaicos II Principales aspectos a tener en cuenta para decidir la potencia a instalar

 

Mi experiencia con la instalación doméstica de paneles solares fotovoltaicos

II Principales aspectos a tener en cuenta para decidir la potencia a instalar

Lo más probable es que la empresa instaladora haga una propuesta que tenga en cuenta el consumo de electricidad habitual de la vivienda en el pasado próximo, e intentará no instalar potencia de más, ya que se debe cumplir la regla del 80% para evitar la pérdida de las subvenciones.

Esta regla se resume en que en términos anuales, (no está bien definido todavía que se entiende por términos anuales ni que procedimiento se seguirá para comprobar el cumplimiento  de la regla) para no perder el derecho a la subvención, el consumo de electricidad de la vivienda (entendido como la suma del autoconsumo más la electricidad recibida de la red) tiene que ser al menos el 80% de la electricidad generada (se incluye en el apartado de autoconsumo tanto la carga de vehículos eléctricos realizada en el domicilio como la carga de las baterías que puedan existir en el mismo)

Sin embargo, las empresas instaladoras, a la hora de calcular la potencia a instalar en cada caso difícilmente tendrán en cuenta los futuros aumentos de consumo de electricidad que se derivarán de la mayor disponibilidad de energía autogenerada, salvo que la persona interesada les diga al hablar de la capacidad el aumento de capacidad que desee. Los dos aumentos de consumo más importantes han sido, en mi caso, los siguientes:

a) La sustitución de buena parte del gas natural consumido en calefacción, derivado del mayor uso de los splits de bomba de calor que ya tenía yo instalados, que he pasado a usar en invierno para la calefacción de la vivienda con la energía generada por las placas. Para hacerse una idea del ahorro que se puede tener por esta vía, debe tenerse en cuenta que 1 kWh eléctrico usado para el split sustituye a unos 3,5 kWh de gas necesarios para aportar a la vivienda el mismo calor en esas mismas horas.

b) El hecho de disponer de más energía autogenerada aumentará su consumo de electricidad para refrigeración en verano, especialmente si para cumplir la regla del 80% se tiene que limitar de forma acusada la energía vertida a la red, como sucede en todas las zonas con clima continental.

Por estos motivos, mi opinión es que será muy conveniente aumentar la potencia instalada de placas solares teniendo en cuenta todos los factores comentados que, en buena parte dependerán de la vivienda que se trate y del uso que se haga de ella.

Otro aspecto importante a tener en cuenta es la elección de la capacidad del inversor. En mi caso me recomendaron poner uno de 4K (lógico al tener prevista la instalación de una planta de 2,3 kW orientados al Este y de 1,84 al Oeste) Al aumentar en 0,46 kW la potencia instalada y, sobre todo, en previsión del potencial aumento futuro de capacidad de la planta, pasé al inversor 5K cuyo precio era superior al 4K en unos 50 €. La experiencia actual me ha llevado a comprobar que la potencia máxima de generación que tengo en la actualidad en un día sin nubes es del orden de 3,2 kW, esto es el 70% de la potencia total instalada, motivo por el que podría añadir 5 placas adicionales de 0,46 kW sin tener que cambiar el inversor.

Finalmente, elegirán un reparto de la potencia por orientación con el máximo razonable al Sur, un reparto del orden 60/40 a Este y Oeste y nada al Norte, en función de la orientación del tejado y salvo circunstancias muy especiales de la vivienda.

lunes, 21 de agosto de 2023

Mi experiencia con la instalación doméstica de paneles solares fotovoltaicos. I Introducción

 

Mi experiencia con la instalación doméstica de paneles solares fotovoltaicos

I Introducción

Mi vivienda, construida en el año 2000, está en Madrid, a 19 km de la Puerta del Sol, y tiene un tejado a dos aguas, orientadas casi a Este y Oeste.

Tiene calefacción a gas natural y, además, tiene una chimenea de leña en el salón, que usamos habitualmente 24 horas al día cuando hace frío, con un consumo medio anual de unos 5500 kg de leña. También cuenta con cuatro splits de bomba de calor que apenas se usaban para calefacción y solo de forma esporádica para refrigeración en verano, durante los días más calurosos, cuando no estábamos fuera de vacaciones.

Contraté la instalación de mi planta solar con una empresa que se encargó de toda la instalación y de casi todo el papeleo administrativo (yo solo he tenido que llevar la documentación a mi Ayuntamiento para que me den la subvención que éste tiene, y tendré que encargarme de incluir en mi declaración del IRPF la deducción correspondiente el próximo año, ya que mi instalación se puso oficialmente en operación en 2023)

Según los cálculos de la empresa instaladora, que tenía en cuenta el consumo de electricidad de mi vivienda durante los doce meses anteriores a mi encargo, me recomendaron poner 9 paneles de 460W, 5 de ellos orientados al Este y 4 al oeste, así como un inversor de 4K. Por consejo de uno de mis hijos, que tiene una instalación desde 2020, aumenté una placa más orientada al Este y pasé a un inversor de 5K, por si en el futuro considero poner más placas. La potencia instalada finalmente es de 4600 W.

La instalación se puso en marcha el 12 de enero de 2023 y el proceso administrativo de legalización de la instalación terminó el 15 de marzo de 2023.

Actualmente tengo el contrato de suministro de gas con una comercializadora que me aplica los precios de OMEL de cada hora de cada día a mis consumos de la red y, en lo que se refiere al vertido de los excedentes de electricidad a la red, los vende también al precio de cada hora de OMEL, y me los aplica en la modalidad de "monedero virtual" de forma que, en el límite, puedo compensar lo vertido en los últimos doce meses para reducir mis facturas en todos sus términos fijos y variables y, en un futuro próximo, podré añadir a la compensación una segunda vivienda con el contrato de suministro también a mi nombre. Todavía no tengo experiencia suficiente en este aspecto de las facturas compensadas y de los ingresos por la electricidad vertida a la red.

En conjunto estoy muy satisfecho con el resultado de la instalación, y en los meses transcurridos he notado una reducción notable de mis facturas de electricidad, acompañada de una reducción aún más notable de mis facturas de gas natural en los meses de frío (la leña la he seguido usando de la forma habitual)

En consecuencia, aconsejo a quienes tengan la posibilidad de montar en el tejado de su vivienda una instalación de generación solar de electricidad, que lo hagan y aprovechen las ayudas actuales (que varían algo para cada Comunidad Autónoma y de forma mucho mayor para cada Ayuntamiento)

En artículos próximos trataré los problemas que me he encontrado y como los he abordado así como los aspectos positivos que me han beneficiado.