Parece que el Gobierno está analizando la conveniencia de introducir un tramo autonómico en el IVA, como forma de complementar la financiación de las comunidades autónomas.
En septiembre de 2005, en un texto dedicado al sistema impositivo, me atreví a escribir que deberían desaparecer los impuestos sobre el Patrimonio y de Sucesiones y Donaciones y que el IVA debería cambiar la exención por el tipo 0%, tener dos tramos, uno nacional y otro autonómico, y que a medio plazo tendería a aumentar el tipo normal. También que el IVA debería convertirse en el impuesto más importante del sistema impositivo.
Tres años después me alegra comprobar que, aunque sea por casualidad, las cosas están evolucionando en el sentido de mi propuesta, ya que en 2009 no se pagará el impuesto sobre el Patrimonio, en bastantes comunidades se ha reducido de forma muy apreciable el impuesto de donaciones y sucesiones entre padres e hijos y, ahora, se consulta con Bruselas la viabilidad de introducir un tramo autonómico en el IVA, un paso más para aumentar la importancia del IVA.
En septiembre de 2005, en un texto dedicado al sistema impositivo, me atreví a escribir que deberían desaparecer los impuestos sobre el Patrimonio y de Sucesiones y Donaciones y que el IVA debería cambiar la exención por el tipo 0%, tener dos tramos, uno nacional y otro autonómico, y que a medio plazo tendería a aumentar el tipo normal. También que el IVA debería convertirse en el impuesto más importante del sistema impositivo.
Tres años después me alegra comprobar que, aunque sea por casualidad, las cosas están evolucionando en el sentido de mi propuesta, ya que en 2009 no se pagará el impuesto sobre el Patrimonio, en bastantes comunidades se ha reducido de forma muy apreciable el impuesto de donaciones y sucesiones entre padres e hijos y, ahora, se consulta con Bruselas la viabilidad de introducir un tramo autonómico en el IVA, un paso más para aumentar la importancia del IVA.
El IVA, a pesar de ser indirecto, es, de todos los impuestos, el que ofrece mayores posibilidades de progresividad, justicia y eficacia y el que permite, con más sencillez, hacer efectiva la corresponsabilidad fiscal de las Comunidades Autónomas y mejorar de verdad su autonomía fiscal.
La diferencia de tipos entre comunidades autónomas introducirá alguna complejidad adicional en el manejo del IVA, aunque toda la problemática ya está analizada y desarrollada para el caso de las transacciones internacionales.
Por otra parte, su implantación será, con toda probabilidad, fuente de airadas manifestaciones sobre las políticas insolidarias o depredadoras de las comunidades autónomas que decidan aplicar tipos más bajos que sus vecinas, siempre que estén gobernadas por partidos políticos rivales, y también será digna de análisis toda la problemática de cambio de compras en las zonas fronterizas de las comunidades que apliquen tipos diferentes.