sábado, 22 de octubre de 2011

Deuda española con el exterior (2º trimestrre 2011)

Deuda española con el exterior

Ya están disponibles los datos del Banco de España de la deuda española con el exterior a finales del segundo trimestre de 2011. Los datos del segundo trimestre de este año han roto la tendencia al descenso de la deuda iniciada en el segundo trimestre de 2010, de forma que la deuda total casi ha igualado el máximo registrado a finales del primer trimestre de 2010.


Tras este aumento, la deuda externa total a largo plazo era, a finales de junio de 2011, de 1,78 billones de euros, cifra que por otra parte no es muy lejana a la de septiembre de 2007 (1,54 billones) momento en el que se redujo drásticamente el ritmo de incremento de los préstamos del exterior a los agentes españoles.

La evolución de este importante indicador se puede apreciar de forma muy intuitiva en la gráfica siguiente, en la que se presenta la variación de la deuda total española con el exterior en los cuatro trimestres anteriores al trimestre de referencia.


Como se puede apreciar en la gráfica, desde el año 2000 la economía española venía aumentando cada año su deuda externa total en unos cien mil millones de euros anuales. Esta cifra ya era muy elevada, porque este incremento de deuda se dedicaba en su mayor parte al gasto o a inversiones muy poco o nada productivas, lo que de hecho suponía que el país estaba viviendo muy por encima de sus posibilidades.

En 2004 la deuda externa aumentó en casi ciento cincuenta mil millones y esta cifra siguió aumentando año a año hasta llegar a un máximo de doscientos sesenta y cinco mil millones de euros en 2007 (siempre con datos referidos a la variación entre el segundo trimestre de un año respecto del mismo trimestre del año anterior) A partir de 2007 el incremento anual se redujo drásticamente (hasta 120.000 millones en 2008 y 60.000 millones en cada uno de los años 2009 y 2010) y en 2011 el incremento ha sido de 13.000 millones.

La variación registrada en el conjunto de los cuatro últimos trimestres (13.288 millones de euros, equivalentes al 0,8% de la deuda total de un año antes) ha sido muy distinta en cada uno de los sectores considerados: las Administraciones Públicas han registrado un incremento del 6,2% en su deuda externa, el conjunto de las instituciones financieras, lo han hecho en el 0,6%, y el resto del sector privado (empresas no financieras y familias) han registrado una caída del 1,5%)




El aumento del endeudamiento de las administraciones públicas y del sistema financiero es la consecuencia de que el ahorro interno, a pesar de haber aumentado sensiblemente durante la crisis actual, es insuficiente. Por otra parte el importante incremento del endeudamiento exterior del sector financiero podría estar reflejando la creciente desconfianza de los ahorradores particulares en los depósitos bancarios y/o la consideración de insuficiente retribución por parte de las entidades financieras.

Los problemas que quedan por resolver en la economía española no son pocos, ya que España deberá reducir durante bastantes años su deuda con el exterior, lo que significará necesariamente que, mientras exista además un déficit público relevante, podrá contar para la financiación de la economía sólo con una pequeña parte del ahorro interior, y esta escasez de financiación será un freno para el incremento de la capacidad productiva.

El Gobierno seguirá reduciendo el déficit público, pero si para ello tuviera que aumentar la fiscalidad de forma relevante, haría aún más difícil la recuperación del consumo. Por este motivo es especialmente importante que las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos asuman que los ingresos fiscales de los años previos a la crisis no eran ingresos estructurales y estables, por lo que pasarán muchos años antes de que vuelvan a tener unos ingresos de la magnitud de los que tuvieron en esos años, por lo que el ajuste deberán realizarlo en su mayor parte a partir de la reducción del gasto (a ser posible con mejor gestión y con la reducción y eliminación de los gastos no imprescindibles)

El sector financiero tendrá que seguir saneando su exposición a los proyectos inmobiliarios tóxicos, por lo que también intentará aumentar las comisiones y los márgenes que cobra al sector privado.

Por último, el sector privado, el único que no puede, en la mayoría de los casos, traspasar su déficit a terceros, seguirá ajustándose el cinturón para capear la situación, a la espera de poder aumentar sus ingresos por las vías, fundamentalmente, del aumento de la productividad y de la actividad.

martes, 6 de septiembre de 2011

Reforma constitucional: proceso y forma de presentación de la propuesta

Hay que destacar que tanto el proceso de preparación como la forma de presentación de la propuesta han sorprendido a propios y extraños.

La primera sorpresa ha sido que el acuerdo haya sido realizado solo por el PSOE y el PP y que cuando han invitado al resto de los partidos con representación parlamentaria, sólo UPN se haya sumado al acuerdo. La elección del momento ha estado indudablemente influida por el periodo de ataques especulativos a varios países de la UE, incluida España, pero también es probable que la proximidad de las elecciones y el deseo comprensible del Presidente de que su partido salga lo menos dañado posible le hayan llevado a aprovechar parte del mes de agosto, con medio país de vacaciones.

No es de extrañar que el PP haya apoyado sin reservas la iniciativa, ya que hace tiempo que venía proponiendo algo muy parecido, por lo que es el partido que menos desgaste tendrá con este asunto y el único que no se ha visto obligado a cambiar ninguno de sus principios para promover este cambio de la Constitución.

Tampoco lo es (desde mayo de 2010) que el Presidente Rodríguez Zapatero haya tomado una iniciativa totalmente contraria a su ideología, en aras del bien común de España, lo que dice mucho en su favor.

Extraña algo más que haya acordado la propuesta con el PP sin haberla compartido (al menos de forma pública) con la cúpula de su partido, aunque no se deba descartar la posibilidad de que el Presidente Rodríguez Zapatero y el próximo candidato, Pérez Rubalcaba hayan diseñado esta forma de actuar, un tanto heterodoxa, para salvaguardar un núcleo relevante de votos en las próximas elecciones y para dejar al candidato que se desmarque de una iniciativa a la que él también es contrario, aunque acepte la necesidad de llevarla a cabo

Lo que es realmente extraño es el ejercicio dialéctico que han tenido que hacer los partidos nacionalistas de derechas y Coalición Canaria para justificar su actitud en la votación (no participación de CiU, voto negativo del PNV y abstención de CC) pasando del inicial apoyo inequívoco a la necesidad absoluta de respetar el equilibrio presupuestario, en términos plurianuales, al rechazo final de que esa política sea una exigencia de la Constitución, ya que limita su capacidad de hacer lo contrario donde ellos gobiernan, cuando les parezca conveniente.

También extraña que los partidos de izquierda, en su mayoría, asocien esta propuesta a la reducción del Estado del Bienestar, porque parece que realmente estén convencidos de que el dinero público es infinito y de que, además, no haya que pagar nunca el déficit público en que se pueda incurrir en un periodo determinado.

Finalmente resulta extravagante la pose, típica de damas ofendidas en las películas costumbristas del siglo XIX, que han tenido algunos partidos que son contrarios a la Constitución (son contrarios a la que se aprobó en 1978, en algún caso con su apoyo, a la actual, y a la que resulte de esta modificación, pero también lo serían a cualquier otra que no supusiera la desaparición, por troceo, de España) Esta pose se puede resumir en echar en cara, a los que si creen en la Constitución, que se atrevan a modificarla sin su permiso (permiso que obviamente jamás darían) ya que, al parecer, para ellos debería valer más el voto de uno solo de sus diputados que el de todos los diputados de los dos partidos mayoritarios juntos.

jueves, 1 de septiembre de 2011

¿Era necesario llevar la estabilidad presupuestaria a la Constitución?

Uno de los argumentos más empleados por los partidos que se oponen a la modificación es que si el objetivo real fuera la estabilidad presupuestaria sería suficiente con la legislación ordinaria (alguno añadía que con la actual ya basta y la mayoría venía a exigir que se incluyera su derecho de veto cuando se viera afectada alguna administración que estuviera bajo su gobierno)

La experiencia demuestra, sin embargo, que sin excepción alguna, todos los partidos que han gobernado han permitido que el criterio de estabilidad presupuestaria no se aplicara en algunas de las administraciones por ellos gobernadas. Incluso el PP, que presume de lo contrario, continua dando en el Ayuntamiento de Madrid, el más importante de España por número de habitantes, un ejemplo de cómo endeudar de forma escandalosa a la ciudad para pagar inversiones y gastos totalmente prescindibles para la ciudad (el exceso de coste de la obra, magnífica, de la M-30 que podría haber realizado pagando muchísimo menos con una mejor gestión y con menos prisas por acabar antes de las elecciones, el despilfarro de la remodelación del Palacio de Correos y Telecomunicaciones, o los fastos de las candidaturas olímpicas de Madrid, con el agravante de haber pasado por la injustificable entrega de dinero a representantes corruptos del COI para conseguir unos votos que, por fortuna, hasta ahora no han sido suficientes)

Por tanto, visto el patio en el que se mueven en nuestro país el conjunto de los políticos con poder en las instituciones, parece obvio que si se quiere tener una cierta tranquilidad respecto a la situación futura del endeudamiento de las distintas administraciones, es más que deseable que la obligación alcance a todas las administraciones (en la propuesta se han olvidado de las diputaciones provinciales) esté clara y explícita en la Constitución y ojalá que la Ley Orgánica que desarrolle el mandato constitucional deje muy claras las responsabilidades, también personales, de las personas que por acción u omisión incumplan, o permitan que se incumplan, las exigencias de estabilidad financiera que se introduzcan en el texto final que se incluya en la Constitución.

Modificación de la Constitución (I)

Estoy convencido de que la modificación del artículo 135 de la Constitución propuesta de forma conjunta por los dos principales partidos políticos es una modificación relevante, por lo que lo primero que hay que hacer es leerla detenidamente, Sólo ocupa una página, motivo por el que a continuación transcribo el texto actual y el propuesto, y en sucesivas entradas iré comentando los aspectos que me parecen más relevantes tanto de la modificación en sí, como de la necesidad mas o menos perentoria de llevarla a cabo, del proceso seguido hasta su aprobación final y de las consecuencias que se derivaran de todo ello en los aspectos políticos, sociales y económicos.

La redacción actual del artículo 135 es:

Artículo 135.
1. El Gobierno habrá de estar autorizado por Ley para emitir Deuda Pública o contraer crédito.
2. Los créditos para satisfacer el pago de intereses y capital de la Deuda Pública del Estado se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de los presupuestos y no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión.


La propuesta tiene por objeto la modificación del artículo 135 de la Constitución que pasaría a tener la siguiente redacción:

Artículo 135.
-1. Todas las administraciones públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.

-2. El Estado y las comunidades autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus estados miembros.

Una ley orgánica será la que fije el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las comunidades autónomas en relación con su producto interior bruto, mientras que las entidades locales deberán presentar equilibrio presupuestario.

-3. El Estado y las comunidades habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito.

Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta.
Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión.

El volumen de deuda pública del conjunto de las administraciones públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

-4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

-5. Una ley orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las administraciones públicas en materia de política fiscal y financiera.

En todo caso, regulará la distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas administraciones públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.

Igualmente, regulará la metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural y la responsabilidad de cada administración en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

-6. Las comunidades autónomas, de acuerdo con sus respectivos estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.

miércoles, 17 de agosto de 2011

Deuda pública de la zona euro

La deuda externa de los países de la zona euro es una de las pocas magnitudes financieras relevantes que el diseño de la moneda única dejó totalmente en manos de cada país.

No es de extrañar que con el paso del tiempo la creencia de que los desequilibrios de algunos de los países, especialmente si su economía era relativamente pequeña en comparación con la de la zona euro, haya alentado las políticas inadecuadas de financiar consumo con deuda pública en euros, y el abuso de las mismas haya hecho que el exceso global de deuda ya no fuera poco relevante para el conjunto de la zona euro.

Además la UE ha tardado mucho en reaccionar, lo que ha dado pie a que la especulación haya hecho su agosto durante demasiados meses y en demasiados países.

Parece, sin embargo, que Alemania y Francia ya han acordado el mecanismo para solucionar el problema, primero, y evitar, después, que se pueda reproducir en el futuro.

Lo segundo no es difícil, y si se hubiera hecho al introducir el euro no hubiera costado nada y hubiera evitado los problemas actuales. Basta con introducir un nuevo criterio a los de Maastricht, que sería un corolario de los existentes. Si a la inflación contenida, al límite anual del máximo déficit anual admisible y al límite de la deuda pública total se añade una limitación a la cantidad de deuda pública que se puede emitir por un país durante un año, se cierra en la práctica la posibilidad de que gobernantes populistas y poco cuidadosos con las cuentas de su país puedan llevar a situaciones como las que ahora sufren Grecia, Irlanda y Portugal o las que, aunque lejanas de las de esos países, están lastrando la recuperación en España y en Italia.

Lo difícil, será la elaboración de un plan específico para cada uno de los países que no cumple en la actualidad el conjunto de los requisitos, que en un plazo razonable permita llegar a los valores ya acordados y a los que se acuerden para el nuevo requisito y que en un plazo inferior, cuando los mercados ya no puedan tener dudas razonables sobre la irreversibilidad de la situación, se puedan sustituir todas las emisiones de deuda pública de los países de la zona euro por emisiones de eurobonos, que como ya ocurre con la emisión de papel moneda, serán acordadas por el Banco Central Europeo en cuanto a la cuantía máxima para cada país.

Quedaría un aspecto difícil de regular, que es la limitación de la deuda privada total de cada país con el resto del mundo, pero que si se llevara a cabo cerraría la posibilidad de futuras crisis financieras derivadas de la deuda de los países con el exterior.

Un deseo que difícilmente se cumplirá, es que cuando se hagan las emisiones de eurobonos, no se solicite su calificación a ninguna de las tres agencias de calificación de Estados Unidos, para lo que previamente habría que haber creado una o varias agencias europeas que generen mayor confianza tanto por el empleo de unos criterios más objetivos para calificar, como por la absoluta prohibición de la obtención de ingresos por asesorías ni por ninguna otra actividad diferente de la calificación de activos.

sábado, 2 de julio de 2011

Deuda española con el exterior (1er trimestrre 2011)

Ya están disponibles los datos del Banco de España de la deuda española con el exterior a finales del primer trimestre de 2011. Los datos del primer trimestre de este año son, de nuevo, positivos, aunque todavía falten muchos trimestres para que se terminen de solucionar los problemas que nos hemos creado desde el año 2000 con el aumento excesivo de la deuda con el exterior..

Son positivos porque por primera vez en lo que va de siglo, la deuda española con el exterior se está reduciendo respecto a la que tenía un año antes, y porque en los últimos cuatro trimestres lo ha hecho en el 5,7% del PIB, lo que significa la corrección muy relevante de uno de los principales desequilibrios macroeconómicos que están en la base de la dureza de la mala etapa económica que padecemos en nuestro país.


La deuda externa total a largo plazo era, a finales de marzo de 2011, de 1,73 billones de euros, cifra no muy lejana a la de septiembre de 2007 (1,54 billones) momento en el que se redujo drásticamente el ritmo de incremento de los préstamos del exterior a los agentes españoles, lo que supuso un claro indicador de que el sector financiero internacional había puesto un tope a la cantidad de deuda a largo plazo que estaba dispuesto a aceptar en el caso de España.

La evolución de este importante indicador se puede apreciar de forma muy intuitiva en la gráfica siguiente, en la que se presenta la variación de la deuda total española con el exterior en los cuatro trimestres anteriores al trimestre de referencia.


Como se puede apreciar en la gráfica, desde el año 2000 la economía española venía aumentando cada año su deuda externa total entre el 10 y el 15% del PIB. Esta cifra ya era muy elevada, porque este incremento de deuda se dedicaba en su mayor parte al gasto o a inversiones no productivas, lo que de hecho suponía que el país estaba viviendo muy por encima de sus posibilidades.

En 2005 el aumento de la deuda externa se disparó al 30% del PIB y en 2006, aunque se redujo algo, supuso cerca del 25%. A partir de 2007 el incremento volvió a la senda cercana al 10% de incremento que se había dado en los primeros años de la década, y sólo en el último año se ha reconducido de forma drástica con la primera reducción en lo que va de siglo de las cifras de cuatro trimestres seguidos.

También es un dato muy positivo que la reducción registrada en el conjunto de los cuatro últimos trimestres (58.600 millones de euros, equivalentes al 3,3% de la deuda total de un año antes) se haya dado en todos los sectores: las Administraciones Públicas, que han registrado un descenso del 3,3% en su deuda externa, el conjunto de las instituciones financieras, que lo han reducido en el 3,6%, y el resto del sector privado (empresas no financieras y familias) que lo han hecho en el 2,8%)




Los problemas que quedan por resolver no son pocos, ya que España deberá continuar bastantes años con la recién iniciada tendencia a reducir su endeudamiento con el exterior, lo que significará necesariamente que mientras exista además un déficit público relevante, podrá contar para la financiación de la economía sólo con una parte del ahorro interior, y esta escasez de financiación será un freno para el incremento de la capacidad productiva en procesos de mayor competitividad.

El Gobierno seguirá reduciendo el déficit público, pero si tuviera que hacerlo en una parte relevante con el aumento de la presión fiscal, hará más difícil la recuperación del consumo. Por este motivo es especialmente importante que Comunidades Autónomas y Ayuntamientos asuman que los ingresos fiscales de los años previos a la crisis no eran ingresos estructurales y estables, por lo que pasarán muchos años antes de que vuelvan a tener unos ingresos de la magnitud de los que tuvieron en los años previos a la crisis, por lo que el ajuste deberán realizarlo en su mayor parte a partir de la reducción del gasto (a ser posible con mejor gestión y con la reducción y eliminación de los gastos no imprescindibles)

El sector financiero tendrá que seguir saneando su exposición a los proyectos inmobiliarios tóxicos, por lo que también intentará aumentar las comisiones y los márgenes que cobra al sector privado.

Por último, el sector privado, el único que no puede, en la mayoría de los casos, traspasar su déficit a terceros, seguirá ajustándose el cinturón para capear la situación, a la espera de poder aumentar sus ingresos por las vías, fundamentalmente, del aumento de la productividad y del aumento de las exportaciones, teniendo en cuenta que el aumento de los ingresos por turismo es equivalente al aumento de las exportaciones, con la ventaja añadida de que también suponen un incremento de la recaudación, derivada del IVA que pagan los turistas por sus compras en España .

Sin embargo, el mensaje más importante de la evolución de la deuda exterior española es que la senda de la corrección se ha iniciado, y que la continuidad de esta senda es condición imprescindible para que se empiece, más pronto que tarde, a recuperar el empleo.

martes, 21 de junio de 2011

Que se entiende por economía sumergida

Según la OCDE, la “economía sumergida” hace referencia a todo el conjunto de actividades económicas cuyo producto final es legal, pero que son escondidas deliberadamente a las autoridades de un país para evitar el pago de impuestos o cotizaciones a la seguridad social, para evitar el cumplimiento de normas legales sobre salarios mínimos, normas sanitarias o de calidad, o simplemente para evitar el cumplimiento de procedimientos administrativos. Quedan obviamente excluidas todas aquellas actividades criminales y delictivas, como la producción y distribución de drogas, armas, etc.

Hay en consecuencia, una enorme parte de la actividad económica que no está incluida ni en la economía oficial, ni en la economía sumergida, ni en la economía delictiva. La mayor parte de esa ingente actividad económica es la dedicada al autoconsumo, esto es la actividad que se realiza para satisfacer las necesidades propias, de la familia o del entorno cercano, actividades que no están declaradas, entre otras razones porque no hay obligación legal de hacerlo. Estas actividades normalmente no incluyen el pago de una contraprestación monetaria, aunque en no pocas ocasiones si que exista este tipo de pago. También habría que incluir en este apartado todos aquellos servicios alegales que normalmente no se hacen ni gratuitamente, ni debido a una cercanía personal entre quien los proporciona y quien los recibe, pero que no se tienen que declarar o incluso, no se pueden declarar. Paradójicamente, el servicio de este tipo con un volumen económico mayor, con unas connotaciones de política social enormes y con conexiones evidentes, en muchos casos, con la economía delictiva es la prostitución, actividad que en sí no es ilegal pero que tampoco se puede declarar.

Como se puede apreciar, la definición de economía sumergida es un tanto ambigua, lo que hace aun mas difícil la estimación de su valor económico.

sábado, 4 de junio de 2011

La economía sumergida: comentarios a las conclusiones del estudio

No estoy de acuerdo con algunas de las conclusiones, lo estoy sólo parcialmente con otras y sólo me parece acertada la tercera. A continuación expongo mis razones.

1) Fuera cual fuese la evolución de la economía sumergida, los métodos empleados llevan casi necesariamente al incremento, ya que cualquier mejora en la productividad de cada sector sería considerada un aumento de la economía sumergida, porque se parte de las hipótesis falsas de que la estructura económica (en cuanto a la necesidad de inputs para cada tipo de bien o servicio producido) no varía de forma significativa en el periodo considerado, y de que las características de la economía sumergida son, como media, iguales a las de la economía oficial. Para que los modelos así concebidos dieran una reducción de la economía sumergida sería necesario que la reducción fuera, en la realidad, superior en términos absolutos al aumento de la productividad.

2) Por lo dicho en el punto anterior, es obvio que en una situación de fuerte aumento del crecimiento de la actividad económica oficial, unida a un incremento relevante de la productividad de cada sector, se llegará a un resultado de fuerte incremento de la economía sumergida calculada con esos modelos.

3) Yo sería aún más radical y diría que toda la economía sumergida es atribuible a motivos fiscales, si en la fiscalidad incluimos los costes de la burocracia impuesta oficialmente, ya que nadie se dedicaría a ocultar una actividad no delictiva si el declararla tuviera un coste nulo o muy reducido.

4) La cuantificación del “coste fiscal” de la economía sumergida realizada con el criterio de que la eventual aplicación de la imposición no repercutiría en el volumen de actividad, supone el uso de otra hipótesis falsa: que el aumento relevante de los costes de cualquier actividad no influye en la magnitud del mercado correspondiente, mucho más aún si se añade la hipótesis implícita de que el aumento de costes no se repercute en absoluto en los precios finales. Esto no significa en absoluto que haya que renunciar al afloramiento de la economía sumergida.

5) La aproximación a la cuantificación del volumen de empleo sumergido tiene los mismos defectos, ya que ni la estructura de los procesos tiene por que ser comparable en las economías declarada y sumergida ni, una vez mas, el aumento mas que relevante de los costes de un factor productivo dejaría de tener consecuencias relevantes en la cantidad empleada de ese factor tras el aumento de su coste. Esta conclusión, por otra parte, será usada por los políticos para justificar que el problema del paro no es tan agudo, ya que en realidad un número de personas superior al de parados estimados está, en realidad, trabajando en la economía sumergida.

En cuanto a la reflexión final, los autores consideran que en España hay tolerancia superior a la de los países de nuestro entorno (en cuanto a la existencia de actividades sumergidas) cuando la realidad es que si la economía sumergida es superior en un país que en otro, eso se debe sin duda alguna a que el sistema fiscal del primero es más injusto que el del segundo y no tanto a la cultura fiscal de ambos países, aunque, obviamente, la conciencia fiscal será mas baja en los países que padezcan un sistema fiscal mas injusto.

Si la economía sumergida supone a largo plazo un duro lastre para la economía española, afirmación con la que estoy totalmente de acuerdo, y los políticos tienen conciencia de ello, lo que deben hacer es cambiar el muy injusto sistema fiscal existente en España por otro mas justo, y con ello no me refiero a quitar ninguno de los impuestos principales existentes ni a introducir ninguno nuevo, sino a cambiarlos con el criterio general de que las cargas sean repartidas de forma equitativa y equilibrada.

viernes, 3 de junio de 2011

La economía sumergida: conclusiones del estudio

Las conclusiones del interesante ensayo sobre la economía sumergida en España que ha publicado la Fundación de las Cajas de Ahorros son las siguientes:

1) En el periodo estudiado (1980-2000) y sea cual sea el procedimiento de estimación empleado, “se aprecia una elevación del volumen de la economía sumergida, tanto en términos absolutos como en comparación con el volumen de actividad económica oficial medida por el PIB. Así, de estimaciones medias para el período 1980-1985 de alrededor del 12,5% sobre el PIB oficial, se ha pasado a unos niveles para el período 2005-2008 del 20 al 23,7%

2) El crecimiento del volumen de la economía sumergida coincide con un período de fuerte aumento del crecimiento de la actividad económica oficial. Efectivamente, en el período 1980-2008 el volumen de la economía oficial medida por el PIB se ha más que duplicado. También el de la economía sumergida ha aumentado, pero en este caso se ha multiplicado por 4.


3) El incremento del volumen de la economía sumergida es atribuible en gran medida a motivos fiscales. Durante el período analizado 1980-2008 se ha producido una elevación de los niveles de presión fiscal, que han incentivado notablemente la realización de actividades al margen de los cauces oficiales.

4) La cuantificación de la economía sumergida permite realizar unos ejercicios de simulación del “coste fiscal” que tiene para las Administraciones Públicas la existencia de esos importantes volúmenes de actividad no gravada fiscalmente. En concreto, y suponiendo que la actividad sumergida soportara la misma presión fiscal que la oficial, se estima para el período 1980- 2008 una recaudación potencial media por año de alrededor del 5,6 % del PIB oficial. Si lo que se supone es que la recaudación no varía, pero que se distribuye entre ambos tipos de actividades (sumergidas y oficiales), se obtiene una disminución de la carga fiscal media de alrededor de 4 puntos porcentuales sobre el PIB oficial.


5) La cuantificación de la economía sumergida permite, asimismo, realizar algunas aproximaciones sobre el volumen de empleo sumergido. Suponiendo que la productividad aparente de la economía oficial es la misma que la sumergida, se estima para el período 1980-2008 un número de empleos medios de 2,5 millones. Ese volumen de empleo ha crecido a lo largo del período considerado, pasando de alrededor de 1,4 millones en 1980-1984, a más de 4 millones en el período 2006-2008.

Como reflexión final, los autores dicen que los resultados obtenidos no son sorprendentes si tenemos en cuenta que en España parece existir una cierta tolerancia hacia la existencia de actividades sumergidas. Sin embargo, añaden, no se debe caer en la tentación de considerar a la economía sumergida como una parte consustancial de nuestra vida económica. Para finalizar, afirman que la economía sumergida es considerada por algunos como una válvula de escape en situaciones de recesión como las actuales, pero por la multiplicidad de distorsiones que genera (problemas de equidad, eficiencia, distorsión de la competencia, etc.), la economía sumergida supone a largo plazo un duro lastre para la economía española.

La economía sumergida

La Fundación de las Cajas de Ahorros acaba de publicar un interesante ensayo sobre la economía sumergida en España.

Es de agradecer la claridad con la que los autores van apuntando las limitaciones de un análisis de este tipo, ya que su objeto es medir una actividad que, por razones obvias, es escondida al máximo por los que la realizan.

Después de haber leído el ensayo, la principal conclusión que yo he sacado es que no es posible conocer el grado de aproximación a la realidad de los resultados obtenidos. De forma cualitativa, a mi me parece poco creíble que, sea cual fuere la importancia de la economía sumergida en España, su valor respecto al PIB se haya duplicado en los últimos 25 años y también encuentro difícilmente creíble que en la actualidad el empleo dedicado a la economía sumergida en España sea algo superior, en números redondos, al de los parados estimados en la Encuesta de Población Activa.

Como creo que en cualquier caso es muy interesante el análisis de la economía sumergida, en las próximas entradas iré tratando este tema, siempre desde un punto de vista cualitativo, ya que, por los motivos que iré desgranando, creo que no es posible hacer una aproximación cuantitativa con un mínimo de garantías.

miércoles, 13 de abril de 2011

Deuda española con el exterior

Ya están disponibles los datos del Banco de España de la deuda española con el exterior a finales de 2010. Los datos deben calificarse, sin duda alguna, de evolución positiva, lo que no significa que no falte aún un largo periodo de digestión de los problemas en que nos habíamos metido desde 2002.

Son positivos porque por primera vez en lo que va de siglo, la deuda española con el exterior se ha reducido respecto a la de un año antes, aunque lo haya hecho tan sólo en el 1,35%, y eso significa que por primera vez en diez años se ha corregido uno de los principales desequilibrios macroeconómicos que están en la base de la intensidad de la crisis que padecemos.


La deuda externa total a largo plazo era, a finales de 2010, prácticamente idéntica a la de tres años antes, momento en el que se inició la crisis, lo que podría indicar que el sector financiero internacional hubiera puesto un tope en la cantidad de deuda a largo plazo que está dispuesto a aceptar que tenga nuestro país.

También es un dato muy positivo que la reducción se haya dado en el sector privado (descenso del 2,6%) y en el conjunto de las instituciones financieras (descenso del 1,1%) aunque las Administraciones Públicas hayan aumentado su deuda en el 0,6% (lo habían hecho en el 31,5% en 2009 y en el 14,8% en 2008)




Los problemas que quedan por resolver no son pocos, ya que España deberá continuar bastantes años con una tendencia a reducir su endeudamiento con el exterior, lo que significará necesariamente que mientras exista déficit público, podrá contar para la financiación de la economía sólo con una parte del ahorro interior, y esta escasez de financiación será un freno para el incremento de la capacidad productiva en procesos de mayor competitividad.

El Gobierno seguirá reduciendo el déficit público, pero si continúa haciéndolo en una buena parte con el aumento de la presión fiscal, hará más difícil la recuperación del consumo. Por este motivo es especialmente importante que Comunidades Autónomas y Ayuntamientos asuman que los ingresos fiscales de los años previos a la crisis no eran ingresos estables y que pasarán muchos años antes de que vuelvan a tenerlos, por lo que deben reducir su gasto (a ser posible con mejor gestión y con la reducción y eliminación de los gastos no imprescindibles.

El sector financiero tendrá que seguir saneando su exposición a los proyectos inmobiliarios tóxicos, por lo que también intentará aumentar las comisiones y los márgenes que cobra al sector privado.

Y el sector privado, único que no puede, en la mayoría de los casos, traspasar su déficit a terceros, seguirá ajustándose el cinturón para capear la crisis, a la espera de que pueda aumentar sus ingresos por la vía del aumento de las horas de trabajo.

Pero la senda de la corrección se ha iniciado, y si se continúa por ella, poco a poco se empezará a recuperar el empleo.

martes, 12 de abril de 2011

Centrales nucleares: repercusiones económicas para las empresas propietarias

El accidente de la central de Fukushima pasa a tener a partir de hoy la calificación de máxima gravedad, la misma del accidente de Chernobil aunque por el momento todo parece indicar que la contaminación radioactiva final será menos grave.

Las empresas propietarias de centrales nucleares de todo el mundo empezarán ahora a hacer las cuentas de lo que les va a costar el accidente de Fukushima (aunque no tuvieran ninguna participación en la empresa)

En el caso de las empresas españolas, por el lado de los ingresos de las centrales actuales, las repercusiones podrían ser realmente espectaculares (unos 400 millones de euros por cada año que se deje de prorrogar la vida operativa de cada central) y en cualquier caso, es de esperar que las exigencias de inversiones para prorrogar la vida operativa aumenten de forma muy relevante, lo que supondrá una reducción equivalente de sus beneficios.

En cuanto a la central de Garoña, si tenían alguna esperanza de que la decisión de cierre fuera reversible a estas alturas ya se habrá desvanecido ante el riesgo de que los problemas de grietas de Fukushima pudiera existir también en Garoña.

En cuanto a los proyectos de centrales futuras, cabe poca duda de que aumentarán las exigencias de seguridad, y por tanto el coste final de las instalaciones y el precio medio de generación, aunque lo cierto es que, en España, todavía no se han empleado cantidades relevantes de dinero en ningún proceso inversor para instalar una nueva central.

La única duda es si el lobby pronuclear reducirá de forma relevante su presupuesto de propaganda durante un largo periodo de tiempo, como parece probable, ya que sus voceros están empezando a hacernos creer que la decisión de instalar las centrales existentes fue cosa de todos, que además se tomó con plena conciencia de los riesgos existentes, y de sus consecuencias y costes en caso de accidente grave, por lo que, como es lógico, las consecuencias las debemos pagar entre todos. También es de destacar el argumento de que en Japón habrán muerto mas personas como consecuencia del tsunami que a causa del accidente de Fukushima.

domingo, 10 de abril de 2011

Centrales nucleares: política de comunicación

El rechazo que una parte de la población tiene respecto a la instalación de centrales nucleares en su país (a veces mayoritaria como en Italia o en España, a veces minoritaria, como ocurre en Francia, pero siempre relevante) es una de las principales barreras que tienen que vencer los promotores de este tipo de instalaciones.

En consecuencia, siempre he pensado que los promotores de futuros proyectos y los propietarios de las instalaciones existentes deberían tener una política de comunicación que redujera al mínimo la oposición derivada de la falta de información.

Pienso esto porque yo estoy convencido de que una industria nuclear que tuviera como principal objetivo la minimización de los riesgos, aun cuando este objetivo redujera algo la muy elevada rentabilidad económica que tiene.

Sin embargo, la realidad constatada es que las empresas operadoras de centrales nucleares (al menos la mayoría de ellas) dan prioridad a la maximización de los beneficios cuando se enfrentan a la disyuntiva de reducir riesgos cuando esto supone un aumento de coste superior a la esperanza matemática del valor del riesgo que se asume (producto del coste estimado del accidente, si se produce, por la probabilidad de que se produzca) política que necesariamente lleva al incremento de incidentes aunque con unos beneficios superiores, salvo que el incidente resulte ser un accidente grave , muy grave o catastrófico, en cuyo caso la pérdida de beneficios supera en mucho al coste evitado.

En la fase de promoción, en la que nos encontrábamos en España antes de la catástrofe de Fukushima, la política se centra en presentar las grandes ventajas, reales o supuestas, de las nuevas centrales.

Cabe destacar entre las ventajas reales la ausencia de emisiones de CO2 en la operación, la mayor independencia y seguridad respecto a los suministros de petróleo y de gas natural, y la seguridad ampliada respecto a las centrales actuales (que ya tienen una seguridad muy elevada)

En cuanto a las supuestas, no se puede olvidar la negación de que la energía nuclear de fisión tiene una capacidad de generación total limitada (no es cierto que existan reservas de uranio infinitas en la Tierra, ni que la duración de las reservas existentes fuera equivalente a la de las reservas de gas natural o de petróleo para producciones de energía similares) el olvido de la existencia de problemas con el tratamiento de los residuos (su duración con la tecnología actual sería de 15 a 20 siglos, muchos menos de los mas de 30 siglos con la tecnología de hace cuarenta años, pero a todas luces todavía excesiva) o la promesa (imposible de cumplir con las tecnologías actuales) de unos costes medios inferiores de la electricidad generada si se comparan con los costes de la generación hidráulica, con gas natural, con carbón o con derivados del petróleo.

Estas grandes ventajas, que son aireadas por los representantes del sector, pero también por políticos o comunicadores que se prestan a ello, sea por convencimiento propio o por intereses personales, unida a la supuesta ausencia de aspectos negativos, llevan a un mensaje que ciertamente ha calado en una parte relevante de la población: o la energía nuclear o el caos.

Muy probablemente, la campaña habría tenido éxito si no se hubiera producido la catástrofe de Fukushima, con la que no solo se ha constatado que no es imposible (aunque si muy poco probable) que haya un accidente nuclear de gravísimas consecuencias en un país desarrollado, sino que la actuación de la empresa propietaria durante las primeras horas y días supuso la renuncia a la minimización de la contaminación nuclear con el objeto de intentar salvar el grueso de las instalaciones.

Como ese tipo de decisiones no son tomadas por expertos en la tecnología nuclear y en los riesgos de las operaciones, sino por directivos que solo piensan en sus intereses económicos personales, el resultado ha sido el peor posible: ni se ha minimizado la contaminación nuclear, ni se han salvado las instalaciones, ni se ha evitado el incremento de la desconfianza de la población mundial en el sector nuclear, dada la política de información trufada de mentiras y de ocultamiento de datos que se ha seguido.

domingo, 3 de abril de 2011

Centrales nucleares: aspectos políticos

Los aspectos políticos son muy importantes para entender por qué las centrales nucleares se instalan en unos países mas que en otros y por qué razones sociedades próximas tienen opiniones mayoritarias muy diferentes.

Francia, por ejemplo, es un país en el que se ha maximizado la potencia nuclear instalada. El desarrollo inicial se debió al interés del General de Gaulle, entonces Presidente de la República, de contar con su propia fuente de plutonio para el desarrollo de armas nucleares (el plutonio es uno de los elementos radioactivos que se producen en mayor cantidad en las centrales nucleares y se puede reutilizar tanto como combustible para determinados tipos de reactor de centrales nucleares como ara la elaboración de armas nucleares)

Francia no solo obtiene la mayor parte de la electricidad a partir de centrales nucleares, sino que además cuenta con la sociedad civil mas proclive al uso masivo de la energía nuclear, porque la industria nuclear tiene un impacto económico muy importante, que es apreciado por la mayor parte de la sociedad francesa como muy positivo para su economía.

Italia, por el contrario, carece de centrales nucleares comerciales, porque la sociedad italiana decidió en un referéndum prohibir su instalación (y tuvieron que pagar los gastos ya realizados y comprometidos en las centrales que estaban en aquel momento en proyecto o en construcción)

España está en una situación intermedia, ya que tiene un parque apreciable de centrales nucleares, aunque muy inferior al francés, y una sociedad civil en su mayor parte contraria a las centrales nucleares, lo que permitió, o quizás indujo, a Felipe González a decretar una moratoria nuclear que supuso, como en Italia, el pago de los gastos ya realizados y comprometidos en las centrales afectadas (pago que por cierto todavía estamos haciendo cada mes en la factura de la electricidad)

Dado el rechazo popular que existe en nuestro país por parte de una parte muy relevante de la población, el lobby pronuclear gasta cantidades muy importantes de dinero en intentar variar la opinión pública, intentando hacer creer a la población que la energía nuclear es la mejor opción para la nueva potencia de generación de electricidad, ya que según ellos es la fuente más segura, mas barata y mas limpia de entre las posibles. Para ello hacen propaganda de todo tipo y para ellos utilizan no solo las vías publicitarias habituales, sino que se esfuerzan en ganar para su causa a importantes comunicadores y políticos, incluido Felipe González, a fin de cubrir todos los frentes.

Se olvidan. Seguro que “involuntariamente” de exponer las realidades menos presentables: el problema de los residuos, todavía no solucionado en términos de unas exigencias que tengan en cuenta unos plazos máximos razonables, el problema del riesgo (acrecentado por una política de opacidad total, incluso contraviniendo la regulación existente, ante los incidentes que se producen en las centrales nucleares, sea cual fuere el país en el que ocurra o su grado de importancia, como se ha podido comprobar en el reciente caso de la central de Fukushima o en el menos reciente, y muchísimo menos importante, caso de la central española de Ascó)

Manipulan respecto a las repercusiones económicas para el consumidor, ya que intentan hacer creer que los menores costes de producción de las centrales que están funcionando repercuten en una reducción del precio que pagan los consumidores finales, cuando esa repercusión no existe, y también respecto a los plazos necesarios para que una nueva central nuclear que eventualmente se aprobara en España pudiera empezar a enviar electricidad a la red (plazo que se puede estimar entre los quince y los veinte años) y respecto al coste de la electricidad generada por esas hipotéticas centrales que, como en este caso serían superiores a los de la electricidad convencional, si que se pasarían a la factura de los consumidores.

Todo apunta a que el gravísimo incidente de la central de Fukushima hará que los políticos sean mucho mas reacios no solo a la aprobación de alguna central nueva, sino al mero hecho de debatir públicamente esa posibilidad, por el coste de votos que les podría suponer en sucesivas convocatorias electorales, por lo que la llave política será la que de nuevo cierre con siete candados la puerta de la aprobación de nuevas centrales en España.

martes, 29 de marzo de 2011

Centrales nucleares: influencia de la energía nuclear en los precios finales de la electricidad

El lobby nuclear se ha empleado a fondo para difundir la idea de que la electricidad de origen nuclear es la mas barata de todas, para así convencer a la gente de que la acepte por el bien de sus bolsillos.

La realidad es diferente, sobre todo en el aspecto de la influencia en los precios finales de la electricidad que es nula (o casi nula para ser absolutamente riguroso)

Se les olvida decir que la electricidad nuclear solo ha marcado el precio final que reciben los generadoras unas pocas horas, desde luego menos de 100 horas, desde que empezó a funcionar el pool de generación que es un sistema para establecer el precio que reciben la mayoría de los generadores (los nucleares al 100%) por cada kilovatio generado, precio que se establece para cada una de las horas de cada día. Por cierto, que el precio marcado en esas pocas horas en que ha marcado el precio del pool ha sido de cero céntimos, ya que son las horas en las que ha coincidido que la demanda total de electricidad era inferior a la oferta total en esa hora de las centrales nucleares mas las hidráulicas que no podían retener el agua por carecer de capacidad de embalse disponible.

Desde el punto de vista de los costes marginales, que son los que cuentan para hacer las ofertas, las centrales nucleares son efectivamente las que los tienen mas bajos, ya que si no pudieran entregar su energía incurrirían en costes importantes para parar la central, por lo que estarían dispuestas a pagar dinero a quien consumiera su electricidad.

Desde el punto de vista de los costes medios, que son los que las empresas tienen en cuenta para hacer sus inversiones, las centrales nucleares que actualmente están en funcionamiento solo son mas caras que algunas centrales hidráulicas.

Pero la situación es bien distinta si hablamos de las centrales actuales que consigan una prórroga una vez agotado el plazo de la licencia actual, que tendrán unos costes medios para el conjunto de la electricidad generada durante todo el periodo de la prórroga que serán menores que los de cualquier otra alternativa. La lástima para los consumidores es que las empresas propietarias se quedarán como beneficio con la práctica totalidad del precio recibido del pool, sin que la existencia de una electricidad tan barata reduzca ni un ápice el precio pagado por los consumidores (que si tendrán que pagar a futuro, además, la mayor parte del coste del tratamiento de los residuos y que correrán el riesgo, muy reducido pero no inexistente, de cualquier accidente nuclear)

En cuanto a las eventuales nuevas centrales, el lobby nuclear intenta hacer creer que su coste de generación será tan bajo como el de las actuales, pero eso está muy lejos de la realidad. La realidad es que hoy nadie sabe a ciencia cierta cual será el coste de una central nueva. En mi opinión, cuando termine la central que se está construyendo en Finlandia se tendrá una referencia razonable, aunque las siguientes deberían reducir el coste en un 20% aproximadamente, porque la primera unidad siempre es mas cara, pero aun así lo mas probable es que el coste medio de generación sea superior, aunque del mismo orden de magnitud, que el coste de la electricidad de origen eólico de los molinos que se instalan actualmente (en la hipótesis de que esta no recibiera prima alguna).

El hecho de que su competencia directa sea precisamente la electricidad eólica (que ya aporta en España más del 10% de la electricidad consumida) explica el desdén con el que los voceros pronucleares se refieren a estos generadores y también la oposición a la electricidad eólica de ciertos supuestos ecologistas que han descubierto lo malos que son los molinos para el medio ambiente (por motivos de contaminación visual y acústica)

El motivo de este encarecimiento de la electricidad generada en las nuevas centrales no es otro que el coste, ciertamente muy elevado, de las medidas adicionales de seguridad, coste que podría aumentar aún mas como consecuencia del reciente desastre de la central de Fukushima.

domingo, 27 de marzo de 2011

Centrales nucleares: variación de la cesta de energías

Un argumento ampliamente utilizado por el lobby pronuclear para convencer al público en general de la necesidad absoluta de contar con la energía nuclear, es la amenaza de no disponer de energía eléctrica para iluminar los hogares o para que funcionen los electrodomésticos en el caso de renunciar a la energía nuclear, debido a la supuesta falta de alternativas.

Este argumento, que forma parte de la colección “o la energía nuclear o el caos” es obviamente falso, tanto si se analiza al comparar lo que ocurre en otros países de nuestro entorno (por poner los dos casos extremos, ni en Francia, donde el 75% de la electricidad es de origen nuclear ni en Italia, donde no hay ninguna central nuclear falta energía eléctrica en absoluto) como la situación específica española, ya que en nuestro país la situación actual es que la energía nuclear, que había supuesto mas de un tercio de la electricidad generada, aporta en la actualidad algo mas de la cuarta parte, lo que a su vez supone poco mas del 10% del total de energía primaria.

Los diferentes países tienen cestas de energía en las que la composición varía de forma muy relevante y no hay la menor duda de que cualquier fuente de energía puede variar su peso en el consumo total de energía primaria en proporciones del orden de diez puntos porcentuales del total, en un plazo de tiempo bastante reducido.

Por tanto España, como cualquier otro país, tiene la opción de decidir si desea o no contar con la energía nuclear, y en el caso de que decida que sí, en que proporción. La decisión debería estar, en buena lógica, basada en criterios económicos (no solo de los resultados de las empresas energéticas sino también de los precios pagados por los consumidores finales) pero teniendo también muy en cuenta los aspectos de seguridad (en los aspectos de ausencia de riesgos para las personas y las cosas a corto, medio, largo y muy largo plazo, de seguridad de los aprovisionamientos y de seguridad de la continuidad de los suministros a los consumidores) y de cuidado del medio ambiente.

lunes, 21 de marzo de 2011

Centrales nucleares: aspectos técnicos

Las centrales nucleares instaladas en los países de nuestro entorno se han caracterizado siempre por disponer de unas medidas de seguridad muy exigentes, y la intensidad de esas medidas ha aumentado de forma relevante tras cada uno de los más graves accidentes (Harrisburg (Estados Unidos, 1979) y Chernobil (URSS, 1986))

Los procesos de generación de calor y conversión en electricidad son, conceptualmente, los mismos desde hace cuarenta años, pero los sistemas de seguridad han variado de forma muy notable.

En los diseños previos al accidente de Chernobil, una gran parte de los sistemas de seguridad eran del tipo de seguridad activa, lo que significa que ante un problema determinado, se ponía en funcionamiento un sistema de seguridad que debía ser iniciado, ya fuera automáticamente, ya fuera manualmente, por lo que si, por cualquier causa, el sistema de seguridad no se iniciaba, no se contaría con la seguridad correspondiente.

En los diseños posteriores a Chernobil, se exige que todos los sistemas de seguridad activa destinados a evitar situaciones de alto riesgo potencial se hayan sustituido por sistemas de seguridad pasiva, que son aquellos que entran en funcionamiento sin que sea necesaria ninguna orden, automática o manual, esto es son sistemas de seguridad que entrarían en funcionamiento aunque la central no estuviera controlada ni por las personas ni por los ordenadores.

Obviamente, la introducción de los sistemas de seguridad pasiva disminuye de forma muy relevante unos niveles de riesgo de accidentes que ya eran muy bajos en los diseños de los años setenta. La contrapartida de este aumento de la seguridad es un aumento muy importante de los costes de instalación de las nuevas centrales.

El accidente de Fukushima supondrá, entre otras consecuencias, la aplicación de una mayor exigencia en los sistemas de seguridad de las nuevas centrales que se aprueben y, muy probablemente, de las que estén en proyecto.

viernes, 18 de marzo de 2011

Centrales nucleares: un pingüe negocio en riesgo

El mas intenso de los terremotos que ha padecido Japón en los últimos días y, sobre todo, el tsunami que le siguió han puesto en jaque un enorme negocio que se verá afectado a corto, medio y largo plazo.

A corto plazo no solo por la parada obligada de la central de Fukushima, sino también por las paradas decididas por el gobierno alemán que afectan a todas las centrales nucleares de ese país puestas en operación antes de 1980.

A medio plazo por el aumento inevitable de los tipos de interés que tendrán que pagar las empresas que tengan centrales nucleares, por el paro definitivo de las que tengan sistemas de seguridad relativamente obsoletos y por el retraso previsible en la obtención de las prórrogas de las licencias de operación que se vayan agotando.

A largo plazo por la enorme dificultad de obtención de permisos para la instalación de nuevas centrales, que reducirá drásticamente su número, y por el previsible aumento del coste de las nuevas instalaciones, que se derivará tanto del ya comentado aumento de los tipos de interés para financiarlas como del coste de aumentar las medidas de seguridad que la sociedad exigirá en aquellos casos en que la oposición a permitirlas no consiga el rechazo de los proyectos.

En los próximos artículos trataré de los aspectos técnicos, de la variación de la cesta de energías y de los precios medios de la energía para los consumidores finales, de los aspectos políticos, de la política de comunicación de las empresas propietarias y promotoras de las centrales nucleares y de las repercusiones económicas para estas empresas.

viernes, 4 de marzo de 2011

El Plan Energético que España necesita

Hace tiempo que el gobierno va dando señales de que es necesario hacer un Plan Energético que permita asegurar la sostenibilidad de nuestra economía en lo que al consumo de energía se refiere.

Incluso, se anunció a bombo y platillo un Pacto de Estado entre PSOE y PP para este asunto, en el que todo el mundo coincide que se trata de un problema de crucial importancia para nuestra sociedad. Lástima que ese Pacto de Estado, nueve meses después, se haya diluido como un azucarillo y no haya dado ningún fruto.

Como consecuencia del aumento de precio del crudo registrado en las últimas semanas, el Gobierno ha anunciado, una vez mas, la inminente realización de un Plan Energético que mejore de forma relevante la situación energética del país.

Para que el Plan Energético sea realmente útil, debería ser consensuado al menos con el principal partido de la oposición y debería incluir una planificación energética integral con un horizonte amplio para asegurar la sostenibilidad del modelo.

También tendría que incluir el análisis del periodo transitorio entre la situación actual y la esperable cuando todas las medidas estén operativas, a fin de asegurar la sostenibilidad durante todo el proceso.

En concreto debería tener un análisis exhaustivo de, al menos, los siguientes aspectos:

- Criterios de eficiencia energética (mejora de la eficiencia energética y variación de los hábitos de consumo)
- Política de tratamiento de los derechos de emisión de CO2
- Política fiscal de cada una de las distintas fuentes de energía (impuestos y subvenciones)
- Marco retributivo de cada una de las actividades reguladas, que permita abordar las inversiones necesarias y que las empresas eficientes obtengan una rentabilidad razonable, a la vez que se eliminen los sobreprecios injustificados que en la actualidad permiten la obtención de beneficios extraordinarios derivados del abuso de posición dominante tan frecuente en el sector.
- Evolución de la senda deseada de emisiones globales.
- Evolución de los precios finales a pagar por los principales tipos de consumidor, para asegurar que sean asumibles para los particulares y competitivos para las empresas.
- Definición de la demanda y de la cesta de energías, compatibles con los criterios anteriores
- Definición de las infraestructuras necesarias para las distintas fuentes de energía, con especial atención a la evolución del parque de generación eléctrica por fuentes y a las capacidades de producción de las energías renovables distintas de la generación directa de electricidad.
- Análisis económico de la planificación propuesta (incluidas las consecuencias fiscales y la financiación de las inversiones) para conocer sus implicaciones y asegurar su viabilidad económica para el país, las empresas energéticas y los consumidores.

Por descontado, el Plan debería hacerse en colaboración con las Comunidades Autónomas y con la participación en concepto de asesores, de la CNE y de las empresas del sector, lo que necesariamente requerirá un plazo del orden de un año para su elaboración.

Sería bueno que la aprobación del mismo correspondiera al Parlamento, de forma que algunos de sus aspectos contaran con el rango legal necesario.

Como no parece que el Ministerio responsable tenga la capacidad (ni por cantidad ni por calidad de los medios de que dispone) para dirigir su elaboración, sería bueno que la dirección recayera en el Gabinete de Presidencia.

domingo, 27 de febrero de 2011

Velocidad y consumo de combustible

El Gobierno nos ha sorprendido con unas medidas rápidas y de efectos inmediatos para reducir el consumo de productos petrolíferos: la reducción transitoria de la velocidad máxima en autopistas y autovías de 120 a 110 km/hr y la reducción del 5% en el precio de los trenes de cercanías y de media distancia.

Respecto a la segunda dudo mucho que tenga un efecto mínimamente relevante, porque la elección transporte público/transporte privado se hace por razones de mucho mas peso que el 5% del precio del transporte público.

En cuanto a la primera, me parece exagerada, muy exagerada, la cifra de ahorro aportada por el Ministro Pérez Rubalcaba que, como químico que es, no debería haberse tragado esa mentira.

Es cierto que es muy difícil dar una cifra media, porque la variación del consumo de un vehículo al pasar de 120 a 110 km/h depende de muchos factores, aunque el mas importante es el motor con el que va equipado (también influyen la carga que lleve, la presión de los neumáticos, el firme por el que circule y el estado de puesta a punto del motor, sin olvidar las condiciones meteorológicas y el uso o no del aire acondicionado o el transporte de objetos en la baca.

Pero puedo dar unos datos del último vehículo que he conducido, un Passat del año 2009, con el que he hecho unos 50000 km al año, la mayor parte de ellos en autovías y autopistas, con un respeto casi total de la velocidad máxima de 120 km/hr. El resultado es de un consumo aproximado de 5,8 litros de gasóleo por 100 km. Prácticamente a diario, y a horas de muy escaso tráfico, he pasado por los túneles de la M-30 con la velocidad de 70 km/hr y en esas condiciones el consumo era de unos 3,8 litros por 100 km.

En la hipótesis de que la reducción de consumo fuera lineal entre los 70 y los 120 km/hr de velocidad (que no lo es) por cada 10 km/hr de reducción de la velocidad se ahorraría un 8,1% de combustible. Como en realidad la variación del consumo es mayor a velocidades más altas respecto a la de consumo mínimo (que para ese vehículo me atrevo a cifrar en los 70-80 km/hr), me parece que hablar de un 10% de ahorro para un vehículo de gasóleo con motor moderno es bastante razonable, aunque sea mucho menos que la cifra dada por el Ministro y muchísimo mas que el 3% de que hablan algunos “expertos” claramente contrarios a la medida.

Ni que decir tiene que este ahorro se refiere solo a los recorridos que se hagan en autovía o autopista a esa velocidad y que en el resto se seguirá consumiendo lo mismo.

Espero que el gobierno se preocupe de que el Plan Energético que tienen previsto realizar, y que tanta falta le hace al país, se realice con criterios mas objetivos que los aplicados para calcular los efectos de esta medida que supondrá un ahorro de combustible directo y, espero, algunos ahorros adicionales por el efecto concienciador que tendrá sobre la necesidad de evitar el despilfarro energético.

martes, 22 de febrero de 2011

Recomendaciones del Pacto de Toledo (Vigésimo primera recomendación)

La vigésimo primera recomendación trata del Seguimiento, Evaluación y Reforma del Pacto de Toledo.

La Comisión es consciente de que, una vez aprobadas, la realización de sus recomendaciones no es solamente tarea del poder legislativo; sino que también el Gobierno y las organizaciones sindicales y empresariales son -dada la materia esencialmente laboral y de seguridad social de las recomendaciones- actores relevantes en la realización de aquéllas. Por ese motivo, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, la Comisión considera que es conveniente que, tras su aprobación por la Cámara, el Presidente del Congreso de los Diputados traslade formalmente estas recomendaciones a las organizaciones sindicales y empresariales que actúan como interlocutores sociales.

La Comisión ha constatado que con su Informe de Evaluación y Reforma del Pacto de Toledo no se agotan los trabajos encomendados a la Comisión, puesto que coexiste una tarea cotidiana de seguimiento permanente de cualquier novedad o acontecimiento que, en mayor o menor medida, incida sobre el Pacto.

Habiéndose acreditado durante estos últimos 15 años la continuidad que tiene la función de seguimiento, se estima que es necesario que la Comisión del Pacto de Toledo adquiera naturaleza de Comisión permanente. Este paso podría darse a partir de la próxima legislatura, en los términos que contempla el Reglamento del Congreso de los Diputados, de tal modo que la tarea de seguimiento continuaría siendo desarrollada, hasta que finalice la legislatura presente, en la misma forma que se ha venido haciendo hasta ahora.

La Comisión valora positivamente el seguimiento y evaluación que se ha realizado en las dos ocasiones anteriores sobre la aplicación de las recomendaciones que el Congreso había ido aprobando en 1995 y 2003. Por ello, sigue considerando conveniente que el Congreso de los Diputados proceda, transcurridos al menos cinco años, a una revisión general del grado de cumplimiento de las recomendaciones contenidas en el mismo, mediante instrumentos parlamentarios específicos para ello.

Resulta un poco chocante que el método elegido para intentar conseguir el mas amplio consenso en la profunda reforma que necesita nuestro sistema de pensiones para que siga siendo sostenible sea el diálogo de Gobierno, sindicatos mayoritarios y patronal, dejando al margen a los partidos políticos. El camino a seguir (Recomendaciones del Pacto de Toledo, diálogo sin presencia de los partidos políticos y posterior tramitación legislativa, que requerirá no solo la mayoría parlamentaria exigible, sino el mas amplio consenso que se pueda conseguir, por lo que cuesta creer que los partidos de la oposición estén dispuestos a una adhesión masiva (pero sin posibilidad de modificaciones relevantes) a lo que se acuerde en el paso anterior o, en caso de que se introduzcan variaciones relevantes, ¿cómo se obtendría el consenso de sindicatos y patronal?

lunes, 21 de febrero de 2011

Recomendaciones del Pacto de Toledo (Vigésima recomendación)

La vigésima recomendación trata del Control parlamentario y del Tratamiento presupuestario de los recursos de la Seguridad Social.

Dada la dimensión financiera y la complejidad jurídica de la Seguridad Social, la Comisión considera que ésta debe seguir teniendo un tratamiento presupuestario propio, mediante sección diferenciada, y que se ha de acomodar su tramitación parlamentaria a esa diferenciación, mediante un debate específico de dicha sección, desvinculándolo de la Sección 19 (Ministerio de Trabajo e Inmigración).

Además, resulta aconsejable la subdivisión de la actual Sección 60 (Seguridad Social) de los Presupuestos Generales del Estado, para separar las pensiones y prestaciones económicas del Sistema de Seguridad Social, de las prestaciones sanitarias y sociales.

La Comisión recomienda que se dé un tratamiento presupuestario diferenciado al Fondo de Reserva de la Seguridad Social, para poder efectuar un control más detallado del mismo y para tener una información más precisa sobre su evolución.

Dadas la magnitud de los recursos y la trascendencia social de la Seguridad Social, su control parlamentario debería realizarse en una comisión parlamentaria permanente con competencia legislativa, con lo que se conseguiría un mejor seguimiento de la evolución económica, de los comportamientos sociales y de los procesos demográficos que la afectan.

El Parlamento debería disponer, a los efectos arriba descritos, de recursos y medios adecuados, que deberían ser adscritos específicamente a la Comisión no permanente de seguimiento y evaluación de los acuerdos del Pacto de Toledo.

Por otra parte, la Comisión considera conveniente establecer un control periódico por las Cortes Generales de los resultados de las actuaciones de control del fraude realizadas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

sábado, 19 de febrero de 2011

Recomendaciones del Pacto de Toledo (Décimonovena recomendación)

La decimonovena recomendación trata de la inmigración.

La Comisión considera relevante una inmigración ordenada y legal que contribuya a la estabilidad futura de nuestro sistema de protección social, que ayude a mantener el crecimiento demográfico y la tasa de natalidad, y que contribuya al desarrollo de nuestro mercado laboral mediante la incorporación de personas con plena capacidad.

El flujo de inmigración debe canalizarse a través de mecanismos que garanticen la incorporación de los inmigrantes al mercado de trabajo, así como su consiguiente protección social, con plenitud de derechos y obligaciones.

La Comisión considera que la Seguridad Social deberá adecuar esos procesos a través de mecanismos de gestión que den, sin menoscabo de garantía alguna, facilidades para la gestión de los trámites de contratación, afiliación e integración en el sistema. Todo ello debe hacerse asegurando la plena coordinación entre necesidades laborales, ofertas de trabajo, tramitación de expedientes, acogimiento de inmigrantes y formación para el empleo, entre otros, que permitan una adecuada cobertura de las necesidades de nuestro mercado de trabajo y faciliten la rápida y plena integración de los nuevos trabajadores extranjeros.

La Comisión es favorable a que se mantenga una supervisión constante sobre el cumplimiento satisfactorio de los convenios internacionales, en materia de seguridad social, suscritos por España.

La Comisión defiende el refuerzo de los instrumentos de inspección y control, para evitar que se produzcan situaciones que puedan conducir a los inmigrantes hacia la economía sumergida, la marginación y/o la explotación.

La Administración de la Seguridad Social deberá prestar especial atención a las disfuncionalidades que, en el ámbito de cobertura social, puedan producirse para que, en todo momento, exista un tratamiento homogéneo a españoles y a residentes legales extranjeros, tanto en el acceso a las prestaciones como en el mantenimiento de las mismas.

viernes, 18 de febrero de 2011

Recomendaciones del Pacto de Toledo (Décimoctava recomendación)

La decimoctava recomendación trata de la Discapacidad.

La Comisión considera que el sistema de Seguridad debe contribuir, en mayor medida, a la plena inclusión de las personas con discapacidad. Para ello hay que intensificar la protección de las necesidades poco o nada cubiertas de las personas con discapacidad y sus familiares, en materias tales como:
- Anticipación de la edad de jubilación de trabajadores con tipos de discapacidad que supongan menor esperanza de vida.
- Asignaciones por hijos a cargo.
- Orfandad.
- Pensiones no contributivas.
- Convenios especiales.

Además, hay que evitar que el Sistema de Seguridad Social no ponga trabas para la activación y, por tanto, el acceso al empleo de calidad de las personas con discapacidad, y que, al mismo tiempo, estimule, compatibilizándolas en su caso, el tránsito de medidas pasivas a medidas activas.

La Comisión cree que se debe flexibilizar el régimen jurídico de las pensiones por incapacidad permanente, para moderar la incompatibilidad existente que obliga a elegir entre pensión o trabajo.

La legislación de seguridad social no debe expulsar a nadie del mercado de trabajo, sino que debe potenciar mecanismos de incorporación inclusiva que faciliten la plena autonomía de las personas con discapacidad.

En todo caso, al alcanzar el pensionista de incapacidad la edad de jubilación el régimen de compatibilidad de su pensión deberá regirse por los mismos criterios de compatibilidad que, con carácter ordinario, se puedan establecer para la pensión de jubilación.

Hay pocas dudas de que las trabas que pone en la actualidad el sistema de Seguridad Social a la compaginación de prestaciones y actividad laboral son absurdas, ya que perjudican a todos y no favorecen a nadie. La compaginación de la pensión con un trabajo reportaría ventajas, no sólo económicas, a quien voluntariamente deseara hacerlo, pero también al conjunto de la sociedad, ya que los ingresos adicionales por impuestos (no sólo el IRPF, sino también el IVA del mayor consumo que en buena lógica se produciría) y las eventuales mayores cotizaciones sociales y/o menores pagos de pensión supondrían una mejora de la caja pública.

Urge por tanto dejar de aplicar el viejo, injusto y perjudicial criterio de que la persona que reciba prestaciones tiene que aceptar simultáneamente una situación personal de exclusión social parcial y de escasez económica, para que quede claro que no hay otra opción que el socorro con cargo a los dineros públicos, y cambiarlo por el criterio mas adecuado de que toda persona que cumpla los requisitos establecidos tiene derecho a la prestación que corresponda, sin que esto reduzca, siquiera un ápice, su libertad de actuación en la sociedad.

viernes, 11 de febrero de 2011

Recomendaciones del Pacto de Toledo (Décimoséptima recomendación)

La decimoséptima recomendación trata de la mujer y su protección social.

La Comisión constata que se han producido avances significativos en las políticas de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, así como en el ámbito de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en términos de igualdad de género.

La Comisión sostiene que se deben seguir removiendo aquellos obstáculos que dificulten el logro de una efectiva igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en relación con el empleo y la ocupación, una adecuada conciliación de la vida personal, familiar y laboral; y una incorporación e integración laboral acorde con las aspiraciones de las mujeres.

La Comisión respalda la adopción de las medidas oportunas que garanticen la equiparación real de salarios entre hombres y mujeres. A igual desempeño igual retribución. Ello tiene una incidencia directa en los derechos generados, basados en unas cotizaciones que, a su vez, se calculan en proporción al salario percibido. La mejor vía para facilitar una protección social equiparable comienza por la eliminación de cualquier discriminación salarial que pudiera producirse atendiendo, exclusivamente, a consideraciones de género.

La Comisión entiende que el sistema debe valorar la dimensión de género en materia de pensiones, en tanto en cuanto se ha constatado la existencia de retribuciones diferenciadas, de mayores periodos de interrupción por cuidados de hijos o familiares en situación de dependencia, o de mayores limitaciones en la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, entre otras discriminaciones que gravan más intensamente a las mujeres que a los hombres.

A la vista de las anteriores constataciones, la Comisión está convencida de que ha llegado el momento de que el sistema evolucione y adopte medidas que reconozcan el esfuerzo asociado a esas circunstancias y -como ya hizo en 2003- reclama el impulso de los mecanismos que incorporen los periodos de atención y cuidado de los hijos o personas dependientes como elementos a considerar en las carreras de cotización.

Todo esto debe hacerse como expresión de consideración social hacia la maternidad y, también, atendiendo a la importancia de la natalidad para el sostenimiento del sistema de pensiones en el futuro. Además han de adoptarse iniciativas que ayuden a las mujeres a complementar sus aportaciones económicas con otros elementos como ventajas fiscales o situaciones asimiladas al alta (a efectos de mejorar la pensión de jubilación) con el objetivo de configurar derechos de pensión propios.

La Comisión defiende que se adopten nuevas medidas para facilitar la adecuación del sistema de pensiones a las realidades personales y familiares, avanzando en la ampliación de coberturas, las ayudas a la adquisición de derechos propios, el acceso a pensiones de grupos especialmente vulnerables y el aumento del apoyo financiero a los pensionistas más desfavorecidos.

La Comisión estima que debe estudiarse la posibilidad de un incentivo fiscal para generar pensiones a favor de los cónyuges no incorporados al mercado de trabajo, cuando el matrimonio tenga régimen de bienes gananciales.

La Comisión apoya la posibilidad –en casos de ruptura familiar- cuando concurriera la aportación de la mujer al mantenimiento de los negocios familiares, y previa resolución judicial, del reconocimiento en la carrera de cotización de la mujer, de periodos de tiempo que permitan generar derechos propios y no únicamente derivados. Ello tendría una clara incidencia en el ámbito del trabajo autónomo, en el medio rural y en los sectores del comercio y de la hostelería; además, evitaría la desprotección sobrevenida que afecta a las mujeres en esas áreas cuando se produce una separación o divorcio a edades tardías.

La Comisión considera que ha de estudiarse la implantación de modalidades específicas de contratación para aquellas personas que, colaborando en negocios familiares, no generen derechos de pensión adecuados. A tal efecto, una de las posibilidades consistiría en la utilización de cotizaciones sobre jornadas parciales que permitan la cotización de ambos cónyuges, cuando ambos realicen actividades para el mantenimiento del negocio. Igualmente cabría la posibilidad de instrumentar mecanismos de previsión complementaria para dar cobertura a estas situaciones.

Lástima que el proyecto de ley presentado limite de forma muy relevante las posibles mejoras en estos aspectos. Al final sería mucho más claro, sencillo y justo el dar a todas las personas en edad laboral, por el mero hecho de serlo, la posibilidad de cotizar para generar el derecho a una pensión, con la base que desee, si no realiza actividad alguna que exija su cotización a la Seguridad Social, de entre las existentes siempre que pague lo mismo que pagaría por ese concepto en el régimen general (suma de las cotizaciones de empresa y trabajador) o en el de autónomos.

Tampoco se entiende la diferencia de trato fiscal que se propone cuando el matrimonio esté en régimen de gananciales ¿cuál es el motivo por el que la mujer en las mismas condiciones (salvo en el régimen matrimonial) no merece el mismo trato?

jueves, 10 de febrero de 2011

Recomendaciones del Pacto de Toledo (Décimosexta recomendación)

La decimosexta recomendación trata de los sistemas complementarios.

Uno de los retos de los sistemas de protección social es conseguir que los ciudadanos, al dejar su actividad laboral, mantengan unos ingresos que les permitan desarrollar un nivel de vida similar al que venían teniendo hasta entonces. En relación con este objetivo, los sistemas complementarios juegan un papel importante.

La Comisión sigue valorando positivamente que la protección social voluntaria, además de orientarse específicamente a un horizonte de ahorro a medio y largo plazo, sirva de complemento y mejora a las prestaciones de la Seguridad Social, salvaguardándose siempre el principio y las bases del sistema público de pensiones, y reafirmando que dichos sistemas complementarios tienen como objetivo el complementar y no el sustituir a las pensiones públicas.

Para la consecución de estos fines, hay que dotar de estabilidad y garantizar la neutralidad del actual sistema de previsión social complementaria, así como de potenciar los sistemas complementarios de la Seguridad Social en el marco de la negociación colectiva..La Comisión constata el insuficiente grado de desarrollo de la previsión complementaria en España.

La Comisión estima conveniente que la previsión social complementaria debe ampliar su capacidad de complementar al conjunto de prestaciones sociales públicas, con la finalidad de posibilitar una mejor atención de algunas contingencias.

Es importante que los beneficios fiscales que tengan los sistemas complementarios de prestaciones tengan una distribución más equilibrada, en especial en términos de igualdad de género, ampliando las posibilidades de que las personas con menores ingresos (en su mayor parte mujeres) puedan beneficiarse de las aportaciones de sus cónyuges o parejas. De igual modo, deberán mejorarse los beneficios fiscales de las aportaciones realizadas a fondos y planes de pensiones, en su modalidad de empleo, estableciendo estímulos fiscales adicionales en el impuesto de sociedades.

La Comisión considera necesario que se mejoren los sistemas de información a los partícipes y a los beneficiarios de los sistemas complementarios, de modo que la misma sea más personalizada y, mediante su simplificación y el uso de un lenguaje más sencillo, permita que sus destinatarios tengan, en todo momento, un conocimiento exacto y periódico de los derechos consolidados que van generando, así como de los gastos que se le imputan, de modo que se logre un mayor grado de responsabilidad individual sobre la previsión complementaria.

Las cantidades ingresadas en los fondos y planes de pensiones o a favor de entidades de previsión social voluntaria no podrán tener un tratamiento fiscal más favorable que la cuantía prevista como deducible en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o en la Ley del Impuesto sobre Sociedades por cotizaciones sociales, incluidas tanto las que son a cargo del trabajador, como las que corren por cuenta del empresario. Este límite no afectará a las cantidades que se pudieran aportar para la cobertura de situaciones de dependencia.

La Comisión estima que la previsión social complementaria debe atender, también, a las necesidades de los más de 3 millones de personas que en España realizan trabajos por cuenta propia o son empresarios individuales y para los que, hasta ahora, no han existido fórmulas atractivas y eficientes.

La Comisión sabe que el trabajador autónomo tiene algunas características propias que lo distinguen del contratado laboral, características que justifican la configuración de un régimen de previsión social complementaria específico, ya que los ingresos de sus actividad económica pueden ser muy variables de un año a otro.

Una de las medidas específicas a favor de este colectivo podría ser la de crear planes de pensiones o planes de previsión asegurada específicos para trabajadores autónomos, con la particularidad de que permitan la disposición anticipada en caso de cese de la actividad o la existencia de pérdidas durante un determinado periodo de tiempo.

La Comisión está a favor de que las mutualidades de previsión social sean potenciadas con arreglo a criterios de colaboración con el sistema público.

domingo, 6 de febrero de 2011

Recomendaciones del Pacto de Toledo (Décimoquinta recomendación)

La decimoquinta recomendación trata de la solidaridad y la garantía de suficiencia.

La Comisión valora el esfuerzo realizado para incrementar la solidaridad y la garantía de suficiencia, a la vez que considera que esos principios deben seguir reforzándose en la medida de lo posible.

En consecuencia, la Comisión apoya que se mantengan las cuantías mínimas para los distintos tipos de pensión del sistema. Las mejoras que se establezcan para este fin deberán financiarse básicamente con cargo a la imposición general.

La Comisión defiende la revisión del conjunto de las prestaciones del sistema para adaptar aquellas que han podido perder su eficacia protectora (seguro escolar, auxilio por defunción, incapacidad permanente)

Asimismo, considera necesaria una reordenación integral de las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social, para mejorar su cobertura, establecer con más claridad el ámbito de sus prestaciones e introducir nuevos ámbitos de protección que permita cubrir las lagunas de cobertura que se detectan en el sistema. Un ejemplo claro sería la creación de una prestación no contributiva de orfandad (hoy inexistente con carácter general) o una más adecuada regulación de las prestaciones familiares.

La Comisión considera que deben reforzarse los instrumentos para hacer efectivos los principios de suficiencia y de solidaridad, incorporando –en función de las posibilidades económicas del país- recursos adicionales para incrementar la cuantía de las pensiones mínimas. Ello deberá hacerse respetando la máxima coordinación posible con el ámbito no contributivo, con el sistema asistencial de las Comunidades Autónomas, y sin poner en cuestión el principio de proporcionalidad entre cotizaciones y prestaciones. En concreto, respecto a los complementos a mínimos, es necesario articular las fórmulas oportunas que determinen que, en ningún caso, la cuantía de tales complementos pueda ser superior a la cuantía de las pensiones no contributivas vigentes en cada momento.

La Comisión cree que el Gobierno debería llevar a cabo los estudios para delimitar los umbrales de pobreza, con arreglo a los criterios fijados por la Unión Europea, para poder reorientar las políticas públicas dirigidas a su erradicación. Dicho informe será elevado a la Comisión del Pacto de Toledo.

sábado, 5 de febrero de 2011

Recomendaciones del Pacto de Toledo (Décimocuarta recomendación)

La decimocuarta recomendación trata del tratamiento fiscal de las pensiones.

La Comisión considera que se debe reordenar el tratamiento fiscal de las pensiones del sistema público, para adecuarlo a la nueva situación familiar, social y económica, armonizando los criterios de eficacia y solidaridad, con vistas a evitar discriminaciones y conseguir una mayor equidad, otorgando un tratamiento fiscal más favorable que el actual a las pensiones de incapacidad permanente o de viudedad.

Esta recomendación es muy ambigua y permitiría acciones opuestas e incompatibles entre sí dependiendo de la opción política desde la que se propongan, pero no deja de llamar la atención que la equidad no se haya incluido como un criterio básico, con la misma o mayor importancia que la eficacia y la solidaridad, sino que se haya relegado a la categoría de objetivo deseable o lo que es lo mismo la consideración de mal menor si no se llega a obtener en aras de la eficacia o con la excusa de la solidaridad.

Parece, en todo caso, que considerarán la posibilidad de no obligar ha hacer la declaración de IRPF en los casos en que se sumen dos pensiones, una de ellas de viudedad, con un importe total que si procediera de una sola pensión no obligara a hacer la declaración.

jueves, 3 de febrero de 2011

Recomendaciones del Pacto de Toledo (Décimotercera recomendación)

La decimotercera recomendación trata de las prestaciones de viudedad y orfandad.

La Comisión propone la reformulación integral de las prestaciones de viudedad y orfandad, conforme a lo ya pedido por el Pacto de Toledo en 2003 y que no ha sido llevado a término en su totalidad.

La reforma deberá procurar, sobre todo, la mejora de las actuales pensiones de viudedad (en particular las de los mayores de 65 años en riesgo de pobreza) y de orfandad.

La Comisión defiende el mantenimiento del carácter contributivo de estas prestaciones, y entiende que la adopción de medidas que introduzcan criterios basados en condiciones específicas para el acceso a ellas (edad, renta, hijos, compatibilidades,…) no puede modificar dicha naturaleza básica.

Todo ello tiene por objeto acomodarse a las nuevas realidades sociales y familiares, así como a las circunstancias socioeconómicas, a fin de mejorar la protección de los pensionistas sin otros recursos, y de adecuar la protección de colectivos menos vulnerables.

En este sentido, la Comisión opina que, a efectos de una cobertura adecuada de las situaciones de necesidad, la intensidad protectora debe concentrarse en las personas beneficiarias de la pensión de viudedad, con 65 o más años, en las que la pensión constituye su principal fuente de ingresos, al objeto de garantizar una situación de renta equiparable a la existente antes del fallecimiento del cónyuge o conviviente. A tal efecto, la Comisión considera que el mecanismo más adecuado sería elevar el porcentaje de la base reguladora que se utiliza para calcular la pensión de viudedad; no obstante, la cuantía resultante nunca podría dar lugar a una pensión de viudedad superior a la pensión de la que ésta derive.

La Comisión recomienda que se hagan los estudios oportunos sobre los efectos que tendría que, para la determinación de la cuantía de la pensión de viudedad, se tengan en cuenta los periodos de cotización acreditados por el causante, con una fórmula similar a la que se utiliza para el cálculo de la pensión de jubilación. El resultado de dichos estudios se elevará a la Comisión no permanente de seguimiento y evaluación de los acuerdos del Pacto de Toledo.

Con el objetivo de proseguir con la mejora de la protección, la Comisión considera que la pensión de orfandad debería extenderse hasta que la persona huérfana cumpla 25 años o, como máxima extensión, hasta que concluya el año en que alcance esa edad, cuando estuviere cursando estudios.

La Comisión considera que es oportuno homogeneizar y ordenar los límites de edad para el acceso y el mantenimiento de los diferentes derechos ligados a la cobertura familiar dentro del sistema de protección social.

Con todas estas recomendaciones, da la impresión de que la Comisión desea por una parte evitar la caída en la pobreza como consecuencia de la muerte del cónyuge, especialmente cuando esto ocurre con una edad avanzada, pero por otra desea abrir una peligrosa puerta que consistiría en la reducción, o eliminación, de la pensión en el caso de que la persona que la vaya a recibir tenga otras rentas. ¿Cuánto tiempo tardarán en proponer la reducción de la pensión a aquellos jubilados que dispongan de otras rentas, por ejemplo derivadas de planes de pensiones privados?

martes, 1 de febrero de 2011

Recomendaciones del Pacto de Toledo (Duodécima recomendación)

La duodécima recomendación trata de la edad de jubilación.

La Comisión considera la prolongación de la vida laboral de los ciudadanos como un objetivo necesario y deseable. Como se pretende aumentar la edad real en la que los trabajadores dejen el mercado de trabajo y están aumentando las expectativas de vida después de los 65 años, la Comisión cree que se puede adoptar un amplio conjunto de medidas aumentar la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones.

La Comisión considera oportuna la modificación del régimen jurídico de la jubilación para conceder mayor relevancia a la carrera de cotización del trabajador al establecer la cuantía de su pensión, favoreciendo así la aproximación de la edad real a la edad legal de acceso a ella.

La Comisión constata que la jubilación anticipada se ha convertido en una fórmula de regulación del empleo, por lo que esta situación debe modificarse.

La jubilación anticipada debería reservarse a los trabajadores que tengan largas carreras de cotización y opten voluntariamente por acogerse a ella. No obstante, mediante norma con rango de Ley, podrán establecerse mecanismos de jubilación anticipada en favor de colectivos que realicen actividades concretas (atendiendo a su especial penosidad, peligrosidad o insalubridad, y que acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad) así como en razón de su grado de discapacidad, cuando de forma generalizada y apreciable suponga una reducción de su esperanza de vida.

La Comisión considera que las once fórmulas actuales de acceso a la pensión de jubilación son excesivas, por lo que propone el estudio y reconsideración de las mismas y, en su caso, la supresión o modificación de aquellas que sean incompatibles con el contenido de esta recomendación en su conjunto.

La Comisión sostiene que es necesario incentivar la prolongación voluntaria de la vida laboral más allá de la edad ordinaria de jubilación. A tal efecto, sería necesaria la adaptación y mejora de cuantos incentivos sociales, fiscales y laborales sean posibles para fomentar la permanencia de los trabajadores en activo; en concreto, se establecerán las medidas adecuadas para que aquellas cotizaciones que darían lugar a una pensión superior al tope máximo, den lugar a un incremento mensual de la pensión final, el cual ha de suponer una mejora de la pensión máxima establecida en la Ley. El incremento mensual de la pensión será proporcional al porcentaje adicional de cotizaciones efectuadas, una vez alcanzada la pensión máxima.

La Comisión considera que debe mejorar la coordinación entre la legislación laboral y la de seguridad social respecto al objetivo de ocupación de los mayores; en particular, sobre las pensiones de incapacidad y su conexión con el empleo, sobre la regulación del contrato de relevo, sobre la cotización del empleo a tiempo parcial o sobre las entradas y salidas del empleo de los pensionistas, entre otros extremos.

Hay que introducir esquemas de mayor permeabilidad y convivencia entre la vida activa y pasiva, que permitan e incrementen la coexistencia de salario y pensión.

Resulta adecuada, en la misma línea que otros países de nuestro ámbito, una mayor compatibilidad entre percepción de la pensión y percepción del salario por actividad laboral, hoy muy restringida y que no incentiva la continuidad laboral.

La Comisión está convencida de que se debe combatir la discriminación por edad en nuestro mercado laboral, restringiendo al máximo el abandono prematuro de la vida laboral, como orientación de futuro en las políticas de igualdad, de acuerdo con las iniciativas de la Unión Europea.

Es prioritario remover la normativa que fuerza a colectivos o personas a la jubilación obligatoria, en contra de sus deseos y capacidades. No debe establecerse un límite de edad para el trabajo en un régimen de libertades individuales y de derechos fundamentales.

Asimismo, las políticas activas de empleo también deben estar orientadas a la recolocación de las personas de más edad y a su mantenimiento en situación activa.

La Comisión constata que no se ha alcanzado acuerdo alguno en materia de edad legal de jubilación.

Aunque no ha pasado mucho tiempo desde la aprobación del informe en la Comisión, ya están bastante claros algunos aspectos, entre ellos que la edad legal de jubilación irá aumentando progresivamente hasta alcanzar los sesenta y siete años.