viernes, 27 de marzo de 2015

La Renta Básica (posibles cambios en la sociedad)



La eventual introducción de la Renta básica (RB) en un país supondría un cambio social radical que, con toda probabilidad, induciría toda una serie de cambios en el comportamiento de las personas que vivieran en ese país. Algunos de los cambios se pueden imaginar, pero es muy difícil anticipar todos los cambios que se puedan producir y, sobre todo, su intensidad.
 
Por tanto, lo que sigue no es más que un ejercicio voluntarista que ni por asomo tiene la intención de acertar, ni siquiera en los aspectos más generales de los cambios sociales que se inducirían.

Partiendo de la hipótesis de que la sociedad de los países que decidieran implantar la RB aceptara ese cambio de forma mayoritaria, parece claro que su formulación precisa debería procurar conseguir el apoyo de una mayoría lo más amplia posible de la sociedad, para lo que el diseño finalmente aplicado tendría que evitar al máximo las injusticias que afectaran a grupos determinados de la sociedad y, además, debería convencer a una franja lo más amplia posible del grupo de los económicamente perdedores de que el cambio también tiene para ellos otro tipo de ventajas sociales que compensen la pérdida económica.

Por tanto, sería necesario disponer de un diseño muy detallado de todas las consecuencias económicas de la introducción de la RB.

Ya se ha analizado la negativa repercusión económica para una parte muy importante de los trabajadores (todos aquellos que tengan unos ingresos brutos anuales superiores a los 21000 euros) repercusión mucho más acusada para los pensionistas, que empezarían a tener una renta después de IRPF inferior a la actual a partir precisamente del importe de la RB. Para los pensionistas que reciban una pensión bruta de catorce pagas de 750 euros (10500 euros anuales) la pérdida anual de ingresos después de IRPF sería de unos 800 euros en 2015 (825 en 2016). Si la pensión fuera de 850 euros (10500 euros anuales) la pérdida anual de ingresos después de IRPF sería de unos 1210 euros en 2015 (1250 en 2016). Finalmente, si la pensión fuera de 1000 euros (14000 euros anuales) la pérdida anual de ingresos después de IRPF sería de unos 1830 euros en 2015 (1930 en 2016) cifras que deben compararse con la situación de los trabajadores que tuvieran rentas anuales brutas equivalentes, que sólo empezarían a pagar más IRPF a partir de los 21000 euros anuales (14 pagas de 1500 euros)

Lógicamente, esta situación sería fácil de corregir, ya que bastaría asimilar las pensiones contributivas a las rentas de trabajo, que es lo que en realidad son, ya que son rentas de trabajo diferidas.

Asimismo debería analizarse que cambios habría que introducir en las cotizaciones a la Seguridad Social, ya que o bien se tendrían que mantener como rentas de trabajo diferidas las prestaciones por desempleo y por ILT, en ambos casos asociadas a la cotización previa, o si se hicieran desaparecer, dejaría de tener sentido cotizar obligatoriamente a la SS por estos conceptos.

Estos cambios, más otros que también sería razonable corregir como la anulación de las becas, de las subvenciones a los colegios concertados y de los gastos en formación laboral y promoción de empleo, llevaría a la necesidad de aumentar los ingresos públicos, o reducir el gasto público en otras partidas para que se pudiera obtener la financiación necesaria para implantar la RB.

La introducción de la RB supondría tres cambios radicales en la sociedad que, además, serían muy positivos: la erradicación de la pobreza, el aumento de la libertad individual para dedicar todo el tiempo que se desee a las actividades que se prefiera, o directamente a la vida contemplativa y la práctica desaparición de las condiciones de trabajo injustas.

No está claro, para quien esto escribe, el efecto que tendría sobre el PIB, ya que una sociedad más libre y sin la angustia para una parte relevante de la población de tener que lograr a cualquier coste los ingresos necesarios para la supervivencia, sólo llevaría a una mayor productividad de la actividad humana si los incentivos que quedaran para realizar esa actividad fueran superiores a los incentivos de dedicarse a actividades socialmente menos productivas, y no es fácil saber qué proporción de la población optaría por una vida más austera, pero sin una actividad relevante de la producción de bienes y servicios socialmente relevantes.

Ciertamente, un tipo marginal del entorno del 50% aplicado como tipo único a partir de la RB no parece que sea un tipo desincentivador, si además de para introducir la RB sirve para financiar todo el resto de los servicios sociales gratuitos a que estábamos acostumbrados antes de la crisis de 2007. 

Falta por ver si, una vez corregidas las injusticias que la propuesta actual lleva implícita para la inmensa mayoría de los pensionistas contributivos, para los parados que cobran prestación contributiva, para los enfermos que cobran la ILT y para los estudiantes sin medios económicos para pagar los estudios superiores, se encuentra la vía de financiación del gasto público que permita abordar todas las prestaciones.

Asimismo, en las propuestas hechas públicas hasta ahora, no se ha cuantificado el incremento de gasto necesario para atender las situaciones de dependencia en teoría cubiertas por la ley pero todavía no atendidas, que son muchas. 

Aunque apenas se oye hablar de ello, parece obvio que la implantación de la buena gestión de los dineros públicos y la drástica reducción de la corrupción, llevaría a un ahorro que podría ser superior al 30% del dinero público gastado (esto es sin contar los pagos por prestaciones monetarias directas)  

Finalmente, no debe olvidarse que un sistema de RB eventualmente implantado en un sistema político que no respetara las libertades personales propias de la democracia, entre las que necesariamente están el derecho a la propiedad privada y a disponer de los rendimientos que cada uno obtenga por su esfuerzo, una vez pagados los impuestos establecidos, que en ningún caso deben acercarse al umbral de la confiscación, llevaría con gran probabilidad a la sociedad correspondiente a un sistema económico que aunque tuviera muy pocas diferencias en la distribución de la renta, también sería incapaz de proporcionar a sus habitantes un nivel mínimo de bienestar.

miércoles, 25 de marzo de 2015

La Renta Básica (ventajas e inconvenientes)

El objeto de la Renta básica (RB) es que todas las personas residentes en un país que la haya establecido dispongan de forma garantizada de unos ingresos periódicos suficientes para que cubra sus necesidades materiales básicas, al margen de que trabaje o no lo haga sin importar los motivos. Como es una prestación económica que sólo está sujeta a la condición de ser residente en el país, el control del derecho a su percepción es muy sencillo, ya que basta con demostrar que en efecto se es residente en el país correspondiente.

Al margen del hecho de que los países que la instituyan serán, sin duda alguna, países socialmente más desarrollados, las principales ventajas de esta prestación, respecto a las prestaciones sociales de carácter monetario más habituales, son las siguientes:

a)  Universalidad, ya que todas las personas residentes tienen derecho a ella, sin perjuicio de que pueda ser de cuantía más reducida para los menores de edad.
b) Erradicación de la pobreza económica, siempre que su cuantía sea efectivamente suficiente para cubrir las necesidades materiales básicas.
c)  Incremento de la libertad personal de las capas de población menos favorecidas.
d)  Sencillez administrativa, ya que su control apenas requerirá medios de la administración distintos de su cuantía monetaria.
e)  Continuidad, para la mayoría de la población, de los incentivos para realizar actividades socialmente productivas, ya que una parte relevante de los beneficios económicos que obtengan de ellas serán para su uso personal.
f)  Reducción del poder de mercado de los empleadores destinado a imponer condiciones laborales penosas o económicamente injustas.



Sin embargo, este tipo de prestación también tiene una serie de inconvenientes, entre los que destacan los siguientes:

a) Cuantía muy elevada, en relación con el PIB del país, de esta prestación. (Con la propuesta de Red de Renta básica de 650 euros mensuales por adulto y 130 por menor, su coste en España sería de algo más del 30% del PIB)
b)  Potencial creación de un segmento minoritario, pero relevante, de la población que eligiera vivir austéramente sin realizar ninguna tarea socialmente interesante.
c)  Dificultad de mantener actualizado el importe de la RB para que de forma continuada cubra totalmente su objetivo (Seguramente sería necesario elaborar un indicador de la cuantía adecuada que sea más objetivo que el del umbral de la pobreza entendido como el 50% de la renta personal disponible media del país)
e) Potencial disminución del incentivo para trabajar para aquellas personas de menor cualificación. Este riesgo, si se revelara relevante, podría llevar a una reducción de la renta disponible de esas familias y, en consecuencia a un cierto grado de empobrecimiento relativo de la sociedad.
f)  Necesidad de una revisión total tanto del sistema fiscal del país como del conjunto de las prestaciones sociales personales que deberían seguir siendo prestadas (básicamente educación, sanidad y atención a la dependencia)

martes, 24 de marzo de 2015

La Renta Básica (posibles fuentes de financiación)





Sin duda alguna, el nudo gordiano de la RB es la dificultad para financiarla. También en este aspecto tan importante seguiré el hilo del relato de Daniel Raventós, aunque como es lógico, haré especial énfasis en los aspectos en que no esté de acuerdo.

La idea básica es obtener financiación primero por la anulación de todas las prestaciones monetarias no contributivas a las que sustituirá la RB.

A continuación, hay que ampliar las fuentes de financiación mediante un aumento de la recaudación impositiva. Raventós propone hacer una modificación muy relevante del impuesto sobre la renta, dejando en principio como están la mayoría de las otras figuras impositivas aunque propondría algunos aumentos impositivos así como nuevos impuestos para cuadrar las cifras.

Las partidas concretas que en la propuesta de Raventós servirían para financiar la RB serían:

1. Prestaciones públicas en dinero
         Pensiones contributivas
         Pensiones no contributivas y asistenciales
         Prestaciones de desempleo contributivas
         Subsidio de desempleo
         Subsidio agrario del PER
         Rentas mínimas de inserción CC.AA.
         Incapacidad laboral transitoria
         Indemnizaciones por despido (SEEPROS)
         Asignaciones familiares
         Becas MEC
         Clases pasivas (pensiones funcionarios)
         Renta activa parados larga duración        
         Subida pensiones mínimas

2. Otras partidas de gasto público
         Políticas activas de empleo
         Formación laboral
         Servicios sociales
         Administración de protección social(SEEPROS)
         Subvenciones a enseñanza privada
      Subvenciones a la contratación laboral (bonificaciones cuotas SS y       ayudas a la contratación)
         Otras subvenciones a empresas
         Compensación a empresas eléctricas
         25% de ayudas agrícolas de la UE
      25% del gasto farmacéutico (genéricos, control precios y beneficios, etc.)
         Gasto militar total

3. Otros fondos
         Excedentes de la Seguridad Social
         Deuda de empresas con la SS
     Incremento de ingresos de la SS por unificación de topes de cotización y acercamiento bases-salarios reales
         Excedentes del INEM
         Posible ahorro en salarios de empleados públicos (10%)
         Posible ahorro en lucha contra la delincuencia, justicia, cárceles,
         Reducción del 10% en intereses deuda pública

4. Ingresos fiscales
         Gastos fiscales (deducciones, desgravaciones, exenciones, etc.)
         Afloramiento de fraude fiscal
         Incremento de ingresos por emergencia de economía sumergida
         Nuevo impuesto del 1% sobre transacciones financieras
         Nuevos impuestos ecológicos
         Incremento del IVA
         Impuesto del 5% sobre las grandes fortunas
         Impuesto del 5% sobre fondos de pensiones privadas
         Impuesto del 15% sobre gasto en prejubilaciones de grandes        empresas con beneficios
         Impuesto sobre empresas privatizadas (windfall tax)
         Impuesto del 10% sobre consumo de alcohol y tabaco
         Impuesto del 10% sobre gasto en juego
         Impuesto 10% sobre gasto en prostitución

Esta lista tiene algunos conceptos muy claros, otros interesantes y algunos que están obsoletos (la lista tiene más de 15 años y algunos aspectos han cambiado de forma muy relevante) pero hay que destacar los que simplemente son injustos.

En el grupo de los conceptos injustos están las líneas de prestaciones contributivas (pensiones, prestaciones de desempleo e ILT) Parece difícil justificar a quien ha pagado durante años para tener derecho a ellas que se las expropien sin compensación alguna. Pero no acaban aquí las injusticias, siempre en opinión del autor, porque también proponen la desaparición de las becas de estudio, de las subvenciones a la enseñanza privada, de las políticas activas de empleo y de la formación laboral y, en los aspectos sanitarios, la eliminación del 25% del gasto farmacéutico. También proponen un impuesto del 5% sobre los fondos de los planes de pensiones privados y un impuesto no determinado sobre las empresas privatizadas.

Hay algunas partidas que desaparecen por motivos ideológicos, como el 100% del gasto militar, el 10% de los intereses de la deuda pública o la reducción del 10% de la retribución a los empleados públicos.

Asimismo, se proponen aumentos de impuestos sobre el valor añadido (1%) sobre el consumo de alcohol y tabaco (10%), sobre el importe de las prejubilaciones en grandes empresas con beneficios (15%) y la creación de nuevos impuestos sobre las transacciones financieras (1%) sobre la prostitución (10%) sobre el juego (10%) y sobre las grandes fortunas (5%)

Merece la pena comentar en detalle la modificación del IRPF, que pasaría a ser un impuesto muy sencillo de calcular para cada persona:

La RB sería la única renta exenta de IRPF y el resto se gravaría con un tipo único, el que fuera necesario para cubrir todo el gasto público incluida la RB. En algunos trabajos posteriores se apuntan tipos que van desde un mínimo del 42% a un máximo del 50%. No hace mucho, se pudo escuchar al Sr Raventós la posibilidad de poner tres tramos de IRPF para moderar la progresividad a las rentas no muy superiores a la RB, aspecto que como se verá a continuación es más que importante si se desea disponer de una propuesta presentable al conjunto de la sociedad.

He considerado conveniente hacer unos ejercicios ilustrativos, para dejar claro cómo afectarían la RB y los cambios impositivos propuestos a ciudadanos tipo con rentas moderadas y medias, ya que las declaraciones de Raventós parecen muy optimistas cuando afirma que con una renta básica de 650 euros al mes (12 pagas) el 70% de la población mejoraría su renta disponible, el 15% quedaría más o menos igual y sólo el 15% de más renta se vería perjudicado con una presión fiscal muy superior.

Los resultados que he obtenido son los siguientes:

Las personas que obtengan rentas de trabajo de 21000 euros brutos al año apenas se verían afectadas, siempre que las rentas provengan de rendimientos de trabajo o asimilados, ya que si una parte de sus rentas provienen de rendimientos financieros o de alquileres de vivienda, resultarían perjudicadas.

Por encima de esta cantidad, todos los contribuyentes se verían perjudicados de forma creciente, aunque a medida que aumente la renta el esfuerzo adicional será más moderado ya que el tipo marginal propuesto es parecido al tipo marginal máximo del IRPF vigente.

A efectos meramente ilustrativos, he realizado el mismo cálculo para un contribuyente que obtenga rentas de trabajo por un importe equivalente a la pensión máxima actual (35674 € brutos al año). El resultado es que la aplicación del nuevo sistema le llevaría a tener una renta después de IRPF inferior a la actual en 3550 euros anuales y un aumento del 10% en su tipo impositivo medio.

Si se llevara a cabo la propuesta de que las pensiones contributivas absorbieran la RB, el pensionista que cobrara 21000 euros brutos al año (14 pagas de 1500 euros brutos) y que seguiría ingresando la misma cantidad bruta al año, pagaría por IRPF la cantidad adicional de 3866,49 euros al año, lo que supone un incremento de su tipo medio de impuesto del 18,4%. En el caso del contribuyente con unos ingresos brutos equivalentes a la pensión máxima, si fuera realmente pensionista, perdería casi 3900 euros adicionales por el hecho de serlo, con lo que su tipo medio de IRPF habría aumentado en 21 puntos porcentuales. Realmente no parece muy afortunado pedir un esfuerzo fiscal de ese calibre a los pensionistas que, casi en bloque, pasarían a formar parte de los perjudicados por ser muy ricos.

La consecuencia lógica de todo este ejercicio es que para poder implementar la RB es necesario aumentar previamente los ingresos públicos por otras vías o, alternativamente, reducir el gasto público, para lo que la única vía razonable es reducir drásticamente la corrupción, el despilfarro y la mala gestión de los dineros públicos.