El sistema actual de
cotizaciones dista mucho de ser equilibrado y equitativo. El desequilibrio se
deriva de los diferentes regímenes de cotización existentes y tiende a
multiplicar los efectos perniciosos:
- La base máxima
de cotización aumenta a ritmos anuales del 2,5-3%, en tanto que la pensión
máxima que se puede obtener si se cotiza por ella lo hace al 0,25%. Eso significa
para un nuevo trabajador que empezara ahora a cotizar y que se jubilara tras
cuarenta años de cotización (nada exagerado para alguien que empiece ahora a
trabajar salvo por la dificultad de mantener una cotización continuada durante
cuarenta años que lleve a la cotización máxima) recibiría una pensión que en
términos comparativos de poder adquisitivo sería tan sólo del orden del 40% de
la que percibe alguien que se jubile ahora en esas mismas condiciones, pero si esa
misma persona aumentara su cotización anualmente sólo en la cuantía necesaria
para obtener la pensión máxima, habría cotizado a lo largo de su vida del orden
de un 40% menos, con el curioso (e injusto) resultado de una pensión de igual, o muy similar,
cuantía.
- En el cálculo
de la pensión actualmente sólo se tienen en cuenta las cotizaciones realizadas durante los
últimos quince años, (veinte últimos si el resultado es más favorable para el
pensionista) por lo que aquellos que pueden hacerlo, en su mayor parte, cotizan al
mínimo hasta que les faltan quince años para jubilarse, momento en el que pasan
a cotizar cerca del máximo, lo justo para obtener la pensión máxima.
- Los descuentos
e incrementos que se producen por adelantar o retrasar la fecha de jubilación no suponen la
variación en el importe de la pensión que sería equitativa.
- La
incompatibilidad total o parcial de la mayoría de las pensiones con el trabajo,
por cuenta propia o ajena, desincentiva de forma muy notable el trabajo de los
pensionistas, lo que redunda en una menor recaudación fiscal que agrava el
problema de la falta de sostenibilidad del sistema. La percepción de las
pensiones a partir de los 65-70 años es incompatible con una vida media de los
pensionistas que se va acercando progresivamente a los 90 años, motivo por el
que el trabajo, a menudo a tiempo parcial, de los pensionistas que quieran y
puedan hacerlo está llamado a ser uno de los nuevos pilares que ayudarán a
mejorar la sostenibilidad del sistema, aunque la mayor recaudación que
proporcione este trabajo adicional se ingrese por IRPF y por IVA y no por
cotizaciones.
Creo que las correcciones a
introducir deberían ir en el sentido de no desincentivar que se cotice por los
ingresos reales, hasta el límite de la base máxima de cotización, y con
carreras tan largas como sea posible. Como todos los cambios que afectan a
millones de personas y durante plazos muy largos, no será fácil llevarlos a
cabo. Lo primero y fundamental es tener las ideas claras del sistema que se
desea implantar que, necesariamente, debería ser sostenible y sin grandes cambios
a muy largo plazo, lo que implica que también tiene que ser sostenible a corto
y medio plazo.
Para ello lo primero es
explicar a todo el mundo el nuevo sistema para que una persona que inicie ahora su carrera de
cotización sepa que, cuando llegue a la edad de jubilación, tendrá derecho a una
pensión que, además, será ser justa y calculada de acuerdo con su cotización
total a lo largo de toda su carrera profesional.
Lo segundo es explicar
claramente como se calculará la pensión, para lo que habrá que haber
desarrollado un modelo claro y que se sepa, con certeza razonable, que será
sostenible, explicándolo de acuerdo con la evolución prevista de la pirámide de
población y las desviaciones más probables de otros indicadores económicos, ya que la evolución vegetativa de
la población actual no es suficiente, y hay que considerar alternativas de
migración neta que normalmente será de llegada neta de inmigrantes.
Lo tercero es homogeneizar
al máximo las cotizaciones tendiendo a dejar sólo dos tipos de cotizantes, los
trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores por cuenta propia (autónomos).
El cálculo de las cotizaciones debería ser el mismo, dependiendo lógicamente,
en el caso de los autónomos, de los ingresos netos de gastos necesarios para
llevar a cabo la actividad. Sería importante dar una mayor flexibilidad a los
autónomos para que las cotizaciones sociales no supongan una barrera al inicio
de su actividad o en las épocas en que sus ingresos puedan disminuir mucho,
flexibilidad que podría establecerse de manera que la cotización de cada mes se
hiciera de acuerdo con los ingresos netos de dos meses antes (con una
cotización mínima muy baja, por ejemplo 50 euros al mes, cuando no tengan
ingresos netos positivos o el resultado fuera inferior a ese límite) con una
regularización a final de año y con la obligación de cotizar por bases
superiores a la máxima siempre que los ingresos netos del mes de referencia
superen la citada base máxima y con el límite de que en el acumulado de la
carrera del autónomo concreto se haya cotizado menos que el acumulado de las
máximas. De esta manera se conseguiría que los autónomos cotizaran de acuerdo
con sus ingresos reales, pero a la vez que los autónomos con ingresos netos
iguales o superiores a la base máxima coticen como los trabajadores por cuenta ajena
y también que la pensión a recibir no dependa para nada de si ha cotizado como
autónomo o como trabajador por cuenta ajena o de forma mixta.
Finalmente, parece
razonable que el trabajo por cuenta propia de los pensionistas, que debería
pasar a ser compatible con la pensión en todos los casos, sólo debería aportar
cotizaciones cuando la edad del pensionista sea inferior a la de jubilación o
cuando el trabajo sea por cuenta ajena. En el caso del trabajo por cuenta
ajena, la cotización debería limitarse a los conceptos que no se dedican a la financiación de las pensiones.
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