viernes, 14 de octubre de 2016

El problema de las pensiones en España: ¿Cuáles son las cuentas de los jubilados?



La pensión es, para la mayoría de los jubilados, el principal elemento de su economía, pero no el único, ya que para ellos también son muy importantes el acceso, y en su caso el coste para su bolsillo, a la asistencia sanitaria, el coste efectivo de la vivienda que ocupan y, en algunos casos, los ingresos que puedan provenir de otras fuentes.

Evidentemente la suficiencia de los ingresos para cubrir, la suma de los gastos totales y la disponibilidad efectiva del acceso a los servicios sanitarios que necesiten y a una vivienda digna, cuyo coste real para ellos ya está incluido en los gastos, es la base para establecer si los jubilados pueden llevar, o no, una vida digna. Harían bien los diputados responsables del Pacto de Toledo si analizaran todo este conjunto para hacer una propuesta razonable de reforma de las pensiones, reforma que muy probablemente debería abarcar algunos de esos otros aspectos, cuando aborden en un futuro muy próximo el problema.

En España, hasta la llegada de la crisis en 2007 una parte muy relevante de los pensionistas estaban en una situación satisfactoria a pesar de que la pensión media no era especialmente elevada. Eso era así porque para la mayoría de ellos la pensión estaba complementada por la disposición de una vivienda digna a un coste moderado, ya que la habían adquirido a lo largo de su vida, y el acceso a una sanidad pública que les cubría todo tipo de enfermedades con una calidad muy notable. En muy pocos casos la pensión estaba complementada por otro tipo de ingresos pero mucho más a menudo de lo que se piensa, en caso de necesidad económica o de atención, la familia o el núcleo más cercano cubrían estas necesidades.

La crisis de 2007, de la que todavía tardaremos unos años en salir, ha empeorado todos y cada uno de los apoyos de los jubilados, con la única excepción de la atención de los núcleos familiares y afectivos próximos: las pensiones han bajado en poder adquisitivo real para los jubilados, los costes de la vivienda les han aumentado, en particular por los aumentos desmesurados del IBI que los ayuntamientos han aplicado para compensar la reducción de otros ingresos, la sanidad ha empeorado de forma notable por la vía de las colas crecientes y de la reducción no declarada, pero efectiva, de las prestaciones menos urgentes y en cuanto a la ayuda económica de la familia cercana, también se ha reducido por la pérdida de ingresos de los familiares que están activos. En no pocos casos el sentido de esta ayuda se ha invertido y los jubilados emplean parte de su pensión en atender las necesidades de sus hijos y nietos afectados por el paro.

Por si fuera poco, la posibilidad de ingresos adicionales derivados del trabajo personal se ha reducido en los últimos años para no pocos colectivos de personas que obtenían ingresos por cuenta propia o por cuenta ajena. En la actualidad la compatibilidad de la pensión se limita a la actividad por cuenta propia, siempre que no se facture más del salario mínimo, y a la actividad por cuenta ajena de pensionistas que sean empleados por al menos el 50% del tiempo correspondiente a la jornada comp0leta, siempre que su jubilación se haya efectuado a la edad reglamentaria o más tarde y a cambio de reducir su pensión en el mismo porcentaje en que estén empleados mientras dure esa situación. Sólo se libran de esta limitación algunos colectivos, como los médicos o los abogados, que han logrado mantener la compatibilidad legal del cobro del 100% de su pensión con el trabajo por cuenta propia, sin límite de ingresos.

De cara al futuro, para que el sistema sea sostenible y a la vez sea posible que los jubilados complementen su pensión con ingresos adicionales procedentes de su trabajo personal y de esta manera su situación económica no tenga por qué ser peor que la que existía antes de la crisis para la mayoría de los jubilados, las modificaciones del sistema deberían incluir:

-  Sistema de cálculo de la pensión que tenga en cuenta la totalidad de las cotizaciones realizadas, la edad a la que se jubila la persona, la esperanza de vida del pensionista en el momento de jubilarse (exclusivamente según la fecha de nacimiento, pero sin tener en cuenta el sexo ni su estado de salud) y la suficiencia  por periodos plurianuales de los ingresos totales por cotizaciones para atender los pagos globales de pensiones contributivas.

-  Garantía de las prestaciones sanitarias, sin copago relevante para sus ingresos por pensión.

-  Garantía de vivienda a un coste razonable para sus ingresos por pensión.

-  Compatibilidad total de la pensión con otros ingresos procedentes del trabajo personal, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, sujetos al IRPF, y en su caso al IVA, y con obligación de cotizar a la Seguridad Social sólo si la edad del pensionista es inferior a  la edad de jubilación.

-  Establecimiento de un ingreso mínimo por pensión contributiva basado en una cesta de bienes y servicios austera pero suficiente (incluyendo, por ejemplo, el coste de la energía para mantener la casa en invierno a una temperatura razonable). Cuando la pensión calculada de un pensionista sea inferior a dicho ingreso mínimo, se le aplicaría el complemento a mínimos que corresponda, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, y además se debería limitar el IBI máximo a pagar a un porcentaje del ingreso mínimo. Obviamente el complemento a mínimos se reduciría en la cuantía de las rentas adicionales que pudiera obtener por otras fuentes.   

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