viernes, 18 de febrero de 2011

Recomendaciones del Pacto de Toledo (Décimoctava recomendación)

La decimoctava recomendación trata de la Discapacidad.

La Comisión considera que el sistema de Seguridad debe contribuir, en mayor medida, a la plena inclusión de las personas con discapacidad. Para ello hay que intensificar la protección de las necesidades poco o nada cubiertas de las personas con discapacidad y sus familiares, en materias tales como:
- Anticipación de la edad de jubilación de trabajadores con tipos de discapacidad que supongan menor esperanza de vida.
- Asignaciones por hijos a cargo.
- Orfandad.
- Pensiones no contributivas.
- Convenios especiales.

Además, hay que evitar que el Sistema de Seguridad Social no ponga trabas para la activación y, por tanto, el acceso al empleo de calidad de las personas con discapacidad, y que, al mismo tiempo, estimule, compatibilizándolas en su caso, el tránsito de medidas pasivas a medidas activas.

La Comisión cree que se debe flexibilizar el régimen jurídico de las pensiones por incapacidad permanente, para moderar la incompatibilidad existente que obliga a elegir entre pensión o trabajo.

La legislación de seguridad social no debe expulsar a nadie del mercado de trabajo, sino que debe potenciar mecanismos de incorporación inclusiva que faciliten la plena autonomía de las personas con discapacidad.

En todo caso, al alcanzar el pensionista de incapacidad la edad de jubilación el régimen de compatibilidad de su pensión deberá regirse por los mismos criterios de compatibilidad que, con carácter ordinario, se puedan establecer para la pensión de jubilación.

Hay pocas dudas de que las trabas que pone en la actualidad el sistema de Seguridad Social a la compaginación de prestaciones y actividad laboral son absurdas, ya que perjudican a todos y no favorecen a nadie. La compaginación de la pensión con un trabajo reportaría ventajas, no sólo económicas, a quien voluntariamente deseara hacerlo, pero también al conjunto de la sociedad, ya que los ingresos adicionales por impuestos (no sólo el IRPF, sino también el IVA del mayor consumo que en buena lógica se produciría) y las eventuales mayores cotizaciones sociales y/o menores pagos de pensión supondrían una mejora de la caja pública.

Urge por tanto dejar de aplicar el viejo, injusto y perjudicial criterio de que la persona que reciba prestaciones tiene que aceptar simultáneamente una situación personal de exclusión social parcial y de escasez económica, para que quede claro que no hay otra opción que el socorro con cargo a los dineros públicos, y cambiarlo por el criterio mas adecuado de que toda persona que cumpla los requisitos establecidos tiene derecho a la prestación que corresponda, sin que esto reduzca, siquiera un ápice, su libertad de actuación en la sociedad.

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