Sin
duda alguna, el nudo gordiano de la RB es la dificultad para financiarla.
También en este aspecto tan importante seguiré el hilo del relato de Daniel
Raventós, aunque como es lógico, haré especial énfasis en los aspectos en que
no esté de acuerdo.
La
idea básica es obtener financiación primero por la anulación de todas las
prestaciones monetarias no contributivas a las que sustituirá la RB.
A
continuación, hay que ampliar las fuentes de financiación mediante un aumento
de la recaudación impositiva. Raventós propone hacer una modificación muy
relevante del impuesto sobre la renta, dejando en principio como están la
mayoría de las otras figuras impositivas aunque propondría algunos aumentos
impositivos así como nuevos impuestos para cuadrar las cifras.
Las
partidas concretas que en la propuesta de Raventós servirían para financiar la
RB serían:
1.
Prestaciones públicas en dinero
Pensiones contributivas
Pensiones no contributivas y
asistenciales
Prestaciones de desempleo contributivas
Subsidio de desempleo
Subsidio agrario del PER
Rentas mínimas de inserción CC.AA.
Incapacidad laboral transitoria
Indemnizaciones por despido (SEEPROS)
Asignaciones familiares
Becas MEC
Clases pasivas (pensiones funcionarios)
Renta activa parados larga duración
Subida pensiones mínimas
2.
Otras partidas de gasto público
Políticas activas de empleo
Formación laboral
Servicios sociales
Administración de protección
social(SEEPROS)
Subvenciones a enseñanza privada
Subvenciones a la contratación laboral (bonificaciones
cuotas SS y ayudas a la contratación)
Otras subvenciones a empresas
Compensación a empresas eléctricas
25% de ayudas agrícolas de la UE
25% del gasto farmacéutico (genéricos, control
precios y beneficios, etc.)
Gasto militar total
3.
Otros fondos
Excedentes de la Seguridad Social
Deuda de empresas con la SS
Incremento de ingresos de la SS por unificación
de topes de cotización y acercamiento
bases-salarios reales
Excedentes del INEM
Posible ahorro en salarios de empleados
públicos (10%)
Posible ahorro en lucha contra la delincuencia,
justicia, cárceles,
Reducción del 10% en intereses deuda pública
4.
Ingresos fiscales
Gastos fiscales (deducciones, desgravaciones,
exenciones, etc.)
Afloramiento de fraude fiscal
Incremento de ingresos por emergencia
de economía sumergida
Nuevo impuesto del 1% sobre
transacciones financieras
Nuevos impuestos ecológicos
Incremento del IVA
Impuesto del 5% sobre las grandes fortunas
Impuesto del 5% sobre fondos de pensiones
privadas
Impuesto del 15% sobre gasto en prejubilaciones
de grandes empresas con beneficios
Impuesto sobre empresas privatizadas (windfall
tax)
Impuesto del 10% sobre consumo de alcohol
y tabaco
Impuesto del 10% sobre gasto en juego
Impuesto 10% sobre gasto en
prostitución
Esta
lista tiene algunos conceptos muy claros, otros interesantes y algunos que
están obsoletos (la lista tiene más de 15 años y algunos aspectos han cambiado
de forma muy relevante) pero hay que destacar los que simplemente son injustos.
En
el grupo de los conceptos injustos están las líneas de prestaciones
contributivas (pensiones, prestaciones de desempleo e ILT) Parece difícil justificar
a quien ha pagado durante años para tener derecho a ellas que se las expropien
sin compensación alguna. Pero no acaban aquí las injusticias, siempre en
opinión del autor, porque también proponen la desaparición de las becas de
estudio, de las subvenciones a la enseñanza privada, de las políticas activas
de empleo y de la formación laboral y, en los aspectos sanitarios, la
eliminación del 25% del gasto farmacéutico. También proponen un impuesto del 5%
sobre los fondos de los planes de pensiones privados y un impuesto no determinado
sobre las empresas privatizadas.
Hay
algunas partidas que desaparecen por motivos ideológicos, como el 100% del gasto
militar, el 10% de los intereses de la deuda pública o la reducción del 10% de
la retribución a los empleados públicos.
Asimismo,
se proponen aumentos de impuestos sobre el valor añadido (1%) sobre el consumo
de alcohol y tabaco (10%), sobre el importe de las prejubilaciones en grandes empresas
con beneficios (15%) y la creación de nuevos impuestos sobre las transacciones
financieras (1%) sobre la prostitución (10%) sobre el juego (10%) y sobre las
grandes fortunas (5%)
Merece
la pena comentar en detalle la modificación del IRPF, que pasaría a ser un
impuesto muy sencillo de calcular para cada persona:
La
RB sería la única renta exenta de IRPF y el resto se gravaría con un tipo
único, el que fuera necesario para cubrir todo el gasto público incluida la RB.
En algunos trabajos posteriores se apuntan tipos que van desde un mínimo del
42% a un máximo del 50%. No hace mucho, se pudo escuchar al Sr Raventós la
posibilidad de poner tres tramos de IRPF para moderar la progresividad a las
rentas no muy superiores a la RB, aspecto que como se verá a continuación es
más que importante si se desea disponer de una propuesta presentable al
conjunto de la sociedad.
He
considerado conveniente hacer unos ejercicios ilustrativos, para dejar claro cómo
afectarían la RB y los cambios impositivos propuestos a ciudadanos tipo con
rentas moderadas y medias, ya que las declaraciones de Raventós parecen muy
optimistas cuando afirma que con una renta básica de 650 euros al mes (12
pagas) el 70% de la población mejoraría su renta disponible, el 15% quedaría
más o menos igual y sólo el 15% de más renta se vería perjudicado con una
presión fiscal muy superior.
Los
resultados que he obtenido son los siguientes:
Las
personas que obtengan rentas de trabajo de 21000 euros brutos al año apenas se
verían afectadas, siempre que las rentas provengan de rendimientos de trabajo o
asimilados, ya que si una parte de sus rentas provienen de rendimientos
financieros o de alquileres de vivienda, resultarían perjudicadas.
Por
encima de esta cantidad, todos los contribuyentes se verían perjudicados de
forma creciente, aunque a medida que aumente la renta el esfuerzo adicional
será más moderado ya que el tipo marginal propuesto es parecido al tipo
marginal máximo del IRPF vigente.
A
efectos meramente ilustrativos, he realizado el mismo cálculo para un
contribuyente que obtenga rentas de trabajo por un importe equivalente a la
pensión máxima actual (35674 € brutos al año). El resultado es que la
aplicación del nuevo sistema le llevaría a tener una renta después de IRPF
inferior a la actual en 3550 euros anuales y un aumento del 10% en su tipo impositivo
medio.
Si
se llevara a cabo la propuesta de que las pensiones contributivas absorbieran
la RB, el pensionista que cobrara 21000 euros brutos al año (14 pagas de 1500
euros brutos) y que seguiría ingresando la misma cantidad bruta al año, pagaría
por IRPF la cantidad adicional de 3866,49 euros al año, lo que supone un
incremento de su tipo medio de impuesto del 18,4%. En el caso del contribuyente
con unos ingresos brutos equivalentes a la pensión máxima, si fuera realmente pensionista,
perdería casi 3900 euros adicionales por el hecho de serlo, con lo que su tipo
medio de IRPF habría aumentado en 21 puntos porcentuales. Realmente no parece
muy afortunado pedir un esfuerzo fiscal de ese calibre a los pensionistas que,
casi en bloque, pasarían a formar parte de los perjudicados por ser muy ricos.
La
consecuencia lógica de todo este ejercicio es que para poder implementar la RB
es necesario aumentar previamente los ingresos públicos por otras vías o,
alternativamente, reducir el gasto público, para lo que la única vía razonable
es reducir drásticamente la corrupción, el despilfarro y la mala gestión de los
dineros públicos.
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