martes, 24 de marzo de 2015

La Renta Básica (definición detallada)



Partiendo de la definición de Basic Income European Network (BIEN) que dice que "la renta básica es una renta garantizada, sin ninguna condición, a todas las personas, de forma individual, sin que se requiera para ello ninguna justificación de medios económicos ni de trabajo realizado" hay que acotar como llevarla a la práctica en una sociedad democrática y con un mínimo de desarrollo económico.

La Renta básica (RB) se debería garantizar a toda persona legalmente residente en el país de que se trate, por el mero hecho de ser una persona. esta renta, además, debería ser la única percepción garantizada de forma incondicional por el estado, sin que ello suponga ningún menoscabo a otras formas de atención en cuestiones fundamentales que el estado debe seguir garantizando de forma generalizada, como son la educación, la sanidad y la atención a las personas dependientes.

Por tanto, la RB debería ser independiente de la riqueza de la persona y de que perciba, o no, otras rentas derivadas del trabajo, de las pensiones contributivas que haya podido adquirir en el sistema público y/o en el privado, o de los activos de cualquier tipo que pueda poseer.

La cuantía de la RB debe ser suficiente para que la persona que la tenga como único recurso pueda tener resueltas sus necesidades mínimas para llevar una vida austera pero sin privaciones. La organización Red Renta básica propone que esa cuantía sea, en cada momento, el umbral de la pobreza, que de forma arbitraria, aunque con un cierto consenso, se define como la mitad de la renta media disponible en el país de que se trate. En opinión del autor, como se justificará más adelante, este concepto podría tener una correlación negativa si la RB se llegara a aplicar, por lo que parece más razonable definir una cesta de bienes y servicios de primera necesidad, cuyo coste total actualizado anualmente fuera la referencia a emplear.

Dada la elevada cuantía de la RB anual para cada país, es necesario tomar una decisión sobre la RB aplicable a los menores. La organización Red Renta básica propone que esa cuantía sea, para los menores de 18 años, el 20% de la RB de los adultos. El autor considera que esta cuantía pueda ser insuficiente, especialmente en los primeros años de vida, por lo que propone que se elabore también la cesta de bienes y servicios de primera necesidad, separada en tres bloques de edad (de cero a cinco, de seis a once, y de doce a diecisiete años) cuyo coste marginal para las familias que cuenten con un menor, también actualizado anualmente, fuera la referencia a emplear. 

Algunas diferencias relevantes con los detalles defendidos por Red Renta Básica, son las siguientes:

Las pensiones contributivas que cada persona haya podido obtener por su trabajo deberían ser totalmente compatibles con la RB. Este es un criterio que Daniel Raventós ha cambiado, seguramente para reducir de forma muy notable el coste de la RB. En efecto, en su obra "La Renta Básica" (revisión ampliada del texto que salió publicado en la revista Síntesi, número 1, febrero 2001) define como Trabajo con remuneración en el mercado a la [fuente de renta que será un salario si el perceptor es una persona con ocupación dependiente de otra, un beneficio si lo recibe una persona propietaria de medios de producción o una pensión si la persona ya se ha retirado de la actividad laboral remunerada] pero en sus últimas publicaciones considera que la pensión contributiva, cuando supere al valor de la RB se verá reducida precisamente en el valor de la RB, lo que supone que ha cambiado de opinión y ya no considera que las pensiones obtenidas mediante la cotización de muchos años asociada a la actividad laboral sean rentas de trabajo.

Lo mismo ocurre con las prestaciones por desempleo derivadas de las cotizaciones por ese concepto. No tendría ningún sentido que se cotizara a la seguridad Social por contingencias de desempleo y que luego en caso de quedar desempleado, la prestación se redujera en la cuantía de la RB que se estaba recibiendo mientras se trabajaba.

Creo que la intención de reducir las prestaciones contributivas a jubilados y parados, aunque supondría un enorme alivio para las arcas públicas, además de una gran injusticia, será un lastre probablemente insuperable para el apoyo social que una medida de este tipo requiere.

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