sábado, 15 de junio de 2013

Reforma de las pensiones de 2013 (II) Planteamiento del problema

El Grupo de expertos ha hecho público el informe que ha preparado, sin que haya sido aprobado por unanimidad. En su presentación hace un planteamiento del problema limitado al encargo recibido que es muy concreto pero obviamente incompleto: Desarrollar un factor de sostenibilidad para el actual sistema de pensiones.

La sociedad española se enfrenta efectivamente a un gran reto a medio y largo plazo, porque el actual sistema de pensiones es sencillamente insostenible en sus términos actuales, ya que si no se realizaran cambios muy relevantes, el sistema tendría déficit todos los años a partir de ahora y al menos durante tres décadas, y además ese déficit sería tan importante que en menos de una década acabaría por ahogar la economía del país.

Las causas que son relevantes para que sea inevitable, o en su caso más intenso, el déficit crónico y creciente del sistema de pensiones (siempre partiendo de la base de que no se modificara el sistema actual) son las siguientes:

a) Causas estructurales positivas para la sociedad
-  El notable aumento de la esperanza de vida al alcanzar los 65 años, como se puede apreciar en el gráfico siguiente:

b) Causas estructurales negativas para la sociedad
-  La llegada a la edad de jubilación de las cohortes del baby boom Contrariamente a lo que dice el informe de los expertos, el baby boom empezó en España en los primeros años 50, por lo que su efecto se empezará a notar a partir de 2015 y los efectos no terminarán hasta el año en que se jubilen los nacidos en 1983 (2050 si no se aumenta más la edad de jubilación)
  Aunque el gráfico siguiente pueda sugerir algo distinto, la realidad es que el número de jubilaciones que se han producido en los últimos años tienen unos datos irregulares debido tanto a los efectos de la guerra civil, (que dio lugar a unos años con menos nacimientos, con la excepción de los dos posteriores al final de la contienda, y con una mortalidad infantil muy superior, cifra agravada por la simulación de nacimientos de niñas para aumentar el número de personas a incluir en las cartillas de racionamiento mientras esta existió) como al notable incremento de las jubilaciones anticipadas en los últimos años, que han coincidido con el momento en que la sociedad intuyó que las pensiones futuras serían menores que las presentes.

-  La estructura de la asignación actual de nuevas pensiones que es más generosa con aquellos que han cotizado menos años y con los que lo han hecho por bases inferiores durante la primera mitad de su vida laboral y han cotizado por bases superiores durante los últimos quince años de cotización.
-  El incumplimiento del criterio básico de que las pensiones no contributivas y los complementos para que las contributivas más bajas alcancen la cuantía mínima sea financiado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) y no con cargo a los ingresos por cotizaciones a la Seguridad Social.
-  La negligencia política de los parlamentarios de las últimas legislaturas, que tendrían que haber abordado la reforma como muy tarde en 1996, momento en que la situación económica inició un ciclo de crecimiento que si hubiera sido aprovechado de forma correcta, habría permitido evitar la necesidad de tener que abordar la reforma en medio de la peor crisis económica de la democracia y con la necesidad de un ajuste mucho más severo. 

c) Causas coyunturales positivas para la sociedad
-  El único aspecto coyuntural que ayudará, y que muy probablemente será definitivo para que la reforma se lleve a cabo más pronto que tarde, es la exigencia de la Unión Europea de que en España se lleve a cabo una reforma que garantice la sostenibilidad del sistema de pensiones a medio, largo y muy largo plazo.

c) Causas coyunturales negativas para la sociedad
-  La profunda crisis económica existente, que hará mucho más duros los sacrificios que se tengan que realizar.
-  La eventual ausencia de consenso, al menos entre el PP y el PSOE, para abordar la reforma de una forma seria y razonable, sin poner por delante sus respectivas expectativas electorales.
-  La actitud de los principales sindicatos, contraria a admitir la realidad y proclive a dejar la reforma para el futuro, cuando ya sea inevitable, a pesar de que entonces la repercusión para toda la sociedad sería muchísimo más dura. 

La reforma que se lleve a cabo deberá contener algunos elementos adicionales al factor de sostenibilidad que finalmente apruebe el Parlamento.

miércoles, 29 de mayo de 2013

Reforma de las pensiones de 2013 (I) Introducción



La prensa se ha hecho eco estos últimos días del fracaso del Grupo de 12 expertos que están estudiando la reforma de las pensiones, en lo que se refiere a aprobar un informe con el que estén de acuerdo la totalidad de sus miembros.

Al parecer, el único aspecto fundamental en el que están todos de acuerdo es la falta de sostenibilidad del sistema actual. De seguir sin modificaciones, en 2019 se agotaría el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, por lo que ese año sería el límite para la entrada en vigor de la necesaria reforma que equilibre a medio y largo plazo la caja de las pensiones.

La mayoría de los expertos, nueve, consideran que la reforma se debe basar, sobre todo, en el adelanto a 2014 de la puesta en funcionamiento del llamado factor de sostenibilidad, que sustituya al actual criterio (incumplido parcialmente en los dos últimos años) de revalorización de cada una las pensiones en, al menos, la inflación medida con el IPC. la Reforma aprobada, con consenso, en 2011 prevé su aplicación a partir de 2027.

Los otros tres expertos, que representan a cada uno de los dos mayores sindicatos y al PSOE, consideran que hay otras alternativas para equilibrar los ingresos a los gastos. Estas alternativas son la emisión de deuda pública para sufragar el déficit o que los PGE financien la cantidad necesaria para llegar al equilibrio.

Otros aspectos relevantes incluidos en el borrador de informe de los expertos son los siguientes:

-  Las pensiones asignadas en cada momento no podrán reducirse en valor nominal ya que, al parecer, hay razones para pensar que no lo permite la Constitución (aunque algunos expertos se inclinan por garantizar este aspecto solo hasta 2019) con lo que el límite estaría en la congelación de su importe bruto, lo que deja abierta la puerta a la reducción de su poder adquisitivo por la inflación y por el aumento de los impuestos que deban pagar los pensionistas.
-   La edad de jubilación debe adaptarse a la evolución de la esperanza de vida, que crece al ritmo de un año cada seis.
-  El importe de las nuevas pensiones se calculará aumentando de forma progresiva, pero relativamente rápida, el número de años de cotización a tener en cuenta, hasta llegar a la totalidad de la vida laboral, y también se aumentará el tiempo mínimo cotizado necesario para alcanzar la pensión máxima.

El informe debería enviarse al Pacto de Toledo el 1 de junio a más tardar, plazo que se sobrepasará en algunos días. De lo ocurrido en las discusiones del grupo de expertos cabe esperar que, en esta ocasión, la reforma se apruebe en la Comisión del Pacto de Toledo sin el consenso de los dos principales partidos políticos por primera vez.

En sucesivas entradas iré desarrollando los principales aspectos de la reforma que se avecina, que sin duda significará un antes y un después para el sistema español de pensiones.     

miércoles, 22 de mayo de 2013

Superávit de la balanza de pagos: Los brotes verdes del PP




En el pasado mes de marzo se consiguió, por primera vez desde que estos datos se publican, que la balanza de pagos comercial de España tuviera superávit. La noticia es buena, muy buena, porque es evidente que las exportaciones de bienes y servicios están aumentando, y lo hacen con mayor intensidad que en los países de nuestro entorno; signo inequívoco de que la competitividad española está aumentando a buen ritmo.

También se reducen las importaciones, aunque en este caso las causas son variadas:
- Una causa muy importante es la caída de la demanda interna, que lógicamente afecta también a la cantidad de bienes y servicios importados
- Otra causa, también importante, es la reducción de la demanda de energía, derivada tanto de la menor actividad del conjunto de la economía como del incremento de sus precios, especialmente para las familias.
   La tremenda dependencia que tiene España de las importaciones de energía ha hecho que su coste se haya reducido de forma espectacular en los primeros meses de este año, y muy especialmente en marzo y abril, por que se han unido los descensos de la demanda de energía primaria y de su precio internacional, con el aumento espectacular de la producción de electricidad eólica e hidráulica.
- Algo habrá influido también la sustitución en la demanda interna de muchos bienes y servicios del exterior por los equivalentes de producción nacional, debido a la mejora de la competitividad española ya mencionada. La utilización de la capacidad productiva instalada es muy baja y, por tanto, la inmensa mayoría de las empresas pueden aumentar de forma instantánea su producción si aumentan los pedidos.

Sin embargo el gobierno ha presentado la noticia, que insisto en que es muy buena, como el preludio de una nueva etapa en la que la balanza de pagos comercial tendrá superávit de forma habitual, y probablemente insistirá en este argumento cuando en abril muy probablemente se repita la situación de superávit.

Esta forma de presentar la noticia recuerda a los brotes verdes que hizo famosos la vicepresidenta económica del último gobierno socialista, porque no se ha hecho la menor mención al hecho de que en marzo, y también en abril, ha habido mucho más viento y también ha llovido mucho más, no sólo respecto a la media mensual desestacionalizada, sino también de lo habitual en marzo y en abril.

Es de esperar, en consecuencia, que a partir de mayo las balanza comercial vuelva a ser deficitaria y que el conjunto del año termine también con déficit. Pero hasta que eso ocurra, los portavoces del gobierno y del PP podrán exponer sus recién descubiertos brotes verdes.

¿No hubiera sido mejor explicar las perspectivas reales, dando el énfasis justo a la indudable mejora que el sector exterior está aportando a la evolución del PIB y a la balanza de pagos?

¿No debería el gobierno haber explicado también que la mejora de la competitividad se ha conseguido exclusivamente por la reducción de los costes salariales derivada tanto de la reducción de los salarios percibidos como del terrible aumento del paro?

¿Por qué el gobierno penaliza la electricidad generada en España y favorece a la importada, no cargándola con el impuesto del 7% que aquella tiene que pagar? ¿Por qué el gobierno abre la puerta a que se introduzcan normativas autonómicas que penalicen, o prohíban, el alquiler a turistas de las segundas viviendas de cientos de miles de familias que tantas divisas proporciona? ¿Creerá que hemos entrado en una etapa de superávit estructural de la balanza de pagos?

¿A que espera el gobierno para reducir los gastos socialmente improductivos de todas y cada una de las administraciones? 

viernes, 5 de abril de 2013

Mis propuestas para la nueva Ley Hipotecaria (IV) Anulación de las cláusulas abusivas más habituales en todos los contratos existentes



A fin de evitar que algunas entidades crediticias intenten mantener para todos sus clientes (o para algunos de ellos, en principio los más débiles o desinformados) las cláusulas existentes en los contratos actuales que la nueva ley declare explícitamente que son abusivas, la propia ley debería incluir el procedimiento de anulación explícita en todas y cada una de las hipotecas con deuda viva a su entrada en vigor, por mínima que esta sea, procedimiento que podría ser el siguiente:

- Redacción de un nuevo contrato hipotecario en el que exclusivamente se hayan eliminado las cláusulas abusivas, o se hayan sustituido por una nueva cuya redacción sea proporcionada de forma genérica, en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la ley, por el Banco de España, cuando la sustitución de la cláusula sea necesaria (por ejemplo la modificación del tipo de interés de demora) o simplemente conveniente para los intereses del deudor (por ejemplo las cláusulas de redondeo de los tipos de interés revisados)

- Inclusión, en dicho nuevo contrato, del nuevo cuadro de amortización, con los datos reales de los movimientos efectuados hasta la fecha de su elaboración y de las nuevas deudas resultantes una vez aplicados, en su caso, los nuevos valores de tipos de interés resultantes de la eliminación o modificación de las cláusulas abusivas y con los datos que resultarían a futuro en el caso de que el tipo de interés del momento de su elaboración se mantuviera invariable hasta la amortización total de la hipoteca.

- Obligación de las entidades crediticias de seguir este procedimiento en todas y cada una de las hipotecas con alguna deuda, con la consecuencia, penalizadora para la entidad que no lo hiciera en plazo, de no poder solicitar la ejecución hipotecaria por un plazo igual al número de días pasados entre la fecha límite marcada por la ley (seis meses tras su entrada en vigor) y la fecha en que realmente haya llevado a cabo de forma fehaciente la totalidad del procedimiento.

La consideración como cláusula abusiva de cualquier cláusula que no estuviera explícitamente incluida en la ley quedaría, en cada caso particular, a la decisión del juez competente, si bien una vez firme la decisión judicial, la entidad financiera correspondiente estaría obligada a la correspondiente modificación del contrato hipotecario de acuerdo con la sentencia.

Las modificaciones de los valores de la deuda, siempre favorables para el deudor, tendrían carácter retroactivo al menos hasta el 5 de abril de 1993 (o la fecha de la firma de la hipoteca si esta fuera posterior) que fue la fecha de entrada en vigor de la Directiva 93/13 de la CEE, o hasta una fecha anterior si la cláusula fuera abusiva desde el punto de vista de la legislación española anterior a la trasposición de la citada Directiva.

domingo, 31 de marzo de 2013

Mis propuestas para la nueva Ley Hipotecaria (III) Cláusulas obligatorias



A fin de equilibrar más la relación entre la entidad financiera y el cliente particular, la nueva Ley Hipotecaria que está en trámite como consecuencia de la iniciativa popular, debería incluir algunas cláusulas obligatorias, cuya redacción debería encomendar la ley al Banco de España como entidad reguladora.

Las cláusulas obligatorias, que deberían responder al concepto de derecho irrenunciable para las personas físicas que contraten una nueva hipoteca o que se subroguen o modifiquen una hipoteca ya existente son las siguientes:
- Dación en pago. De forma que en cualquier momento la persona física, o las personas físicas si son varias, titulares de una hipoteca que la incluya, deben tener la posibilidad, a su sola elección, de terminar el contrato hipotecario y cancelar la deuda viva total que pueda existir por todos los conceptos en ese momento, mediante la entrega de forma fehaciente de la propiedad del bien hipotecado al tenedor de la hipoteca.
- Tipo máximo de interés de mora, que en ningún caso podría superar al tipo de interés que en cada momento aplique la Agencia Tributaria a los aplazamientos de pago que aprueba a los contribuyentes.
- Obligación de la entidad financiera de ofrecer una solución razonable de refinanciación a aquellos clientes que hayan visto reducidos de forma relevante sus ingresos por causas sobrevenidas. Se entenderá que la solución es razonable si se limita a exigir el pago de los intereses mientras dure la situación, aunque en función de la situación económica objetiva pueda incluir alguna cantidad de amortización.
- Inclusión como causa de paralización de la ejecución del desahucio, el uso en cualquier momento, por parte de la entidad financiera, de cualquier cláusula abusiva contenida en el contrato inicial que sea considerada como tal por el juez competente en el proceso de ejecución.