viernes, 27 de febrero de 2015

¿Ha sido muy elevada la multa a las petroleras por concertar precios?




La CNMC ha impuesto a las distribuidoras de productos petrolíferos Repsol, Cepsa, Disa, Galp y Meroil multas por pactar precios por un importe total de 32,4 millones de euros.

Las empresas afectadas se quejan de lo desmesurado de las sanciones y los consumidores pensamos que son muy reducidas, no porque el importe no sea elevado, sino porque solo suponen una parte muy reducida del beneficio que han obtenido con esta actividad ilícita.

Los números son muy fáciles de hacer: En 2014 las ventas totales en España de combustibles de automoción (gasolinas y gasóleos) fueron de 31.000 millones de litros. y la multa total de 32,4 millones de euros, lo que da una media de 0,105 céntimos de euro por litro vendido. Como no todas las distribuidoras han sido sancionadas, pero si las dos principales, supongamos que entre todas las sancionadas vendan un 80% del total de combustibles, con lo que la sanción media por litro vendido sería de 0,131 céntimos por litro.

Es cierto que el expediente se refiere a actividades ilícitas comprobadas en zonas geográficas limitadas, con lo que para esas prácticas la sanción sería superior al beneficio obtenido en esos casos concretos.

Sin embargo los consumidores estamos convencidos de que las distribuidoras de productos petrolíferos obtienen unos márgenes extraordinarios en todas sus ventas, que bien podrían ser del orden de 10 céntimos de euro por litro y que son consecuencia del abuso de posición dominante que pueden llevar a cabo estas empresas dada la muy escasa competencia efectiva existente.

Por ese motivo, las sanciones deberían ser disuasorias y para ello deberían ser un porcentaje elevado de los márgenes totales estimados (Precio de venta al público antes de todo tipo de impuestos menos precio internacional del producto de que se trate en el periodo al que se refiera la sanción) de la totalidad de sus ventas de ese producto en el territorio nacional) si ese porcentaje fuera, por ejemplo, del 20% quedan pocas dudas de que las grandes distribuidoras desistirían de llevar a cabo esas prácticas porque una sola multa reduciría de forma drástica los beneficios anuales de la empresa y sus gestores serían removidos por sus accionistas.

Otra forma alternativa sería la usada hace un siglo para terminar con el monopolio de hecho que tenía La Standard Oil of California de Rockefeller en Estados Unidos. Bastaría una ley anti oligopolio que obligara a escindir las empresas distribuidoras que superaran el 10% de cuota de mercado en España.

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