viernes, 3 de julio de 2009

Cierre de la central nuclear de Santa Mª de Garoña

El Gobierno anunció ayer el cierre de la central nuclear de Santa María de Garoña, que será efectivo el 1 de abril de 2013.

Esta decisión culmina el proceso administrativo iniciado tras la solicitud de ampliación de la licencia de operación realizada por Nuclenor, la empresa propietaria de la central en la que participan al 50% Endesa e Iberdrola.

De acuerdo con la legislación vigente, una vez solicitada la ampliación por la empresa propietaria, el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) debía realizar un informe con unos plazos tasados, preceptivo pero sólo vinculante en el caso de que la conclusión del informe fuera la de una negativa a la ampliación de la licencia de operación. El informe fue presentado realmente un par de días después de agotado el plazo, debido seguramente a que el plazo terminaba el día antes de las elecciones al Parlamento Europeo, aunque formalmente se cumplió el plazo mediante la argucia administrativa de mandar la comunicación de que se presentaba en plazo, pero demorando un par de días el envío del documento fundamental, lo que prueba que la Presidenta del CSN, nombrada por el Parlamento, es permeable a los deseos del Gobierno.

El informe, aunque parece que incorpora algunas dudas, abre la posibilidad de una ampliación de la licencia de operación de la central por una duración máxima de diez años, con lo que deja al Gobierno las manos libres para decidir lo que prefiera, con el límite citado de los diez años de plazo máximo de duración de la licencia.

El Gobierno, con una aparente división de opiniones entre el Presidente del Gobierno y el responsable de Industria (que justificaría la redacción del informe del CSN, al parecer más cercana a las tesis del Ministro que a las del Presidente) ha decidido que la central deje de funcionar el 1 de abril de 2013, decisión que, en mi opinión, cumple todos los requisitos legales.

La compañía propietaria no está contenta con la decisión, porque dejará de ganar un montón de dinero, unos 200 millones de euros al año, que es la diferencia entre los costes marginales en los que incurriría por continuar operando, ciertamente muy reducidos, y el precio que cobraría por la electricidad generada que, si no cambia el sistema vigente, sería el que fije el pool para cada hora en la que la central produjera electricidad. Además, las compañías eléctricas propietarias tienen intereses adicionales porque son propietarias, en parte o totalmente, de otras centrales nucleares, cuyas licencias de operación irán caducando en los próximos años.

La cuantía económica en cuestión es de tal magnitud, que resulta extraño que la campaña de lobby y de publicidad que han montado las empresas eléctricas haya sido tan poco efectiva, en parte por los argumentos tan burdos que están empleando.

El Gobierno, por su parte, no ha querido abrir el debate sereno, racional y sin prisas que merece la cuestión, ya que, aunque es cierto que la central de Garoña es pequeña y que su cierre no supondrá ninguna reducción apreciable en la seguridad de suministro y, además, tendrá un efecto marginal en los precios que los consumidores tengamos que pagar por la electricidad en el periodo afectado por la decisión, no es menos cierto que, si las condiciones de seguridad son adecuadas, su cierre supondrá un despilfarro económico relevante para el país (nuestra balanza de pagos sí que se verá empeorada por la diferencia de precio entre el uranio que se dejará de comprar si no funciona la central y el precio del gas natural que se empleará para generar la electricidad que no genere Garoña) y una reducción de beneficios enorme para la empresa propietaria. El Presidente del Gobierno podría aplicarse el viejo, pero todavía vigente, lema de “Ahorre en las importaciones de energía, porque aunque usted pueda pagarlo, España no puede”

También debería debatirse la ampliación de la operación de las demás centrales que hay en funcionamiento, más modernas y de más capacidad individual y acumulada, porque en su conjunto la no ampliación de su vida operativa (siempre en la hipótesis de que su seguridad es suficiente) si que afectaría a la seguridad de suministro (si no se construyera la capacidad equivalente con otras fuentes de energía antes de su parada) y también al precio de la electricidad y, finalmente, la conveniencia, o no, de instalar centrales nucleares adicionales (debate en el que el punto más delicado es la información clara, transparente y verídica sobre el tratamiento de los residuos, que todavía no está suficientemente solucionado) En este debate debería incluirse el justo reparto de los beneficios de la eventual ampliación de la vida operativa de las centrales existentes entre las empresas propietarias, que si son operadores eficientes tienen derecho a unos beneficios razonables, y los consumidores de electricidad, que todavía estamos pagando los costes de las centrales nucleares que no se llegaron a poner en operación así como los CTC y que, en justa contrapartida, nos deberíamos beneficiar de los ahorros de costes que una decisión de ese tipo proporcionaría.

jueves, 2 de julio de 2009

Nueva Ley de Educación de Cataluña

Ayer se aprobó la nueva Ley de Educación de Cataluña en el parlamento autonómico, con los votos favorables, entre otros, de los dos partidos más votados en esa comunidad autónoma, CiU y PSC, lo que en principio permite augurar una larga vida a la nueva Ley.

La Ley no parece tener tanto apoyo en el colectivo educativo, seguramente porque es una ley excesivamente intervencionista, y promete una mejora sustancial de la calidad de la enseñanza fijando en el 6% del PAB (Producto autonómico bruto) el gasto público en enseñanza, lo que supone más que duplicar el gasto actual.

La parte más negativa de la Ley está en la negación a centenares de miles de niños de un derecho fundamental: el derecho a recibir una parte relevante de la enseñanza en su lengua materna si así lo desean ellos o sus padres. Los niños agredidos son aquellos que tienen el español como lengua materna y cuyos padres desearían que recibieran una parte relevante de la enseñanza en esa lengua.

La Ley permitirá que se vaya introduciendo de forma progresiva la prohibición a los alumnos de expresarse en su lengua materna, siempre que ésta sea el español, en el interior de los centros escolares, incluidos los pasillos y los patios de recreo, con el objetivo de imponer el catalán como única lengua de comunicación social. Me temo que sólo conseguirán que muchos de esos escolares consideren al catalán como una lengua impuesta, lo que si ocurre llevará a unos resultados contrarios a lo que se pretende en un segmento importante de la población.

En cuanto al enorme incremento del gasto público en educación, la Ley fija el nivel de gasto, pero no introduce los cambios en el proceso educativo que serían necesarios para conseguir un aumento relevante de la calidad de la enseñanza y la experiencia demuestra que cuando en la enseñanza, como en otros muchos servicios públicos, se ha alcanzado un cierto nivel de calidad y se pretende dar un salto cualitativo para mejorarla de forma relevante, es mucho más importante el cambio en los procesos de la enseñanza que el incremento en el gasto. Desde luego la limitación de la libertad que supone esta mala ley y la negación de un derecho fundamental a una parte muy relevante de los alumnos, no son un buen punto de partida para mejorar la calidad de la enseñanza en Cataluña.

El Gobierno por una parte y el PP por otra, se están planteando llevar al Tribunal Constitucional esta Ley, en el primer caso porque incluye la absoluta independencia de la normativa aplicable en Cataluña respecto de las leyes generales aplicables en España, y en el segundo, probablemente, también por las limitaciones a los derechos individuales ya comentadas.

Nova Llei d’Educació de Catalunya

Ahir es va aprovar la nova Llei d’Educació de Catalunya en el parlament autonòmic, amb els vots favorables, entre d’altres, dels dos partits més votats en aquesta comunitat autònoma, CiU i PSC, la qual cosa permet, en principi, augurar una llarga vida a la nova Llei.

La Llei no sembla tenir tant suport en el sí del col·lectiu educatiu, segurament perquè és una llei excessivament intervencionista, encara que promet una millora substancial de la qualitat de l’ensenyament fixant en el 6% del PAB (Producte autonòmic brut) la despesa pública en ensenyament, la qual cosa suposa més que duplicar la despesa actual.

La part més negativa de la Llei està en la negació a centenars de milers de nens de un dret fonamental: el dret a rebre una part rellevant de l’ensenyament en la seva llengua materna, si així ho desitgen ells o els seus pares. Els nens agredits son els que tenen el castellà como a llengua materna i per als quals els seus pares desitjarien que rebessin una part rellevant de l’ensenyament en aquesta llengua.

La Llei permetrà que es vagi introduint de forma progressiva la prohibició als alumnes de expressar-se en la seva llengua materna, sempre que aquesta sigui el castellà, a l’interior dels centres escolars, inclosos els passadissos i els patis, amb l’objectiu d’imposar el català com a única llengua de comunicació social. Em temo que només aconseguiran que molts d’aquests escolars considerin el català como una llengua imposada, i si això passa, portarà a uns resultats contraris a allò que es pretén, en un segment important de la població catalana.

En quant al enorme increment de la despesa públic en educació, la Llei fixa el nivell de despesa, però no introdueix els canvis en el procés educatiu que foren necessaris per a aconseguir un augment rellevant de la qualitat de l’ensenyament, car l’experiència demostra que quan a l’ensenyament, com en tants d’altres serveis públics, se ha arribat a un cert nivell de qualitat i es pretén donar un salt qualitatiu per a millorar-lo de forma rellevant, es molt més important el canvi dels processos de l’ensenyament que l’increment de la despesa. Es clar que la limitació de la llibertat que imposa aquesta llei polenta i la negació d’un dret fonamental a una part molt rellevant dels alumnes no son un bon punt de partida per a millorar la qualitat de l’ensenyament.

El Govern, per una banda, i el PP per altra s’estan plantejant si portar al Tribunal Constitucional aquesta Llei, en el primer cas perquè la Llei inclou la absoluta independència de la normativa aplicable a Catalunya respecte de las lleis generals aplicables a Espanya, i en el segon, probablement, també per las limitacions dels drets individuals ja comentades.

jueves, 18 de junio de 2009

Déficit público y subida de impuestos

Pasadas ya las elecciones al Parlamento Europeo, el Gobierno considera que ya puede decir a la población una pequeña parte de las verdades incómodas en materia económica.

Ha publicado unas nuevas previsiones del cuadro macroeconómico para este año y los tres siguientes. Las previsiones para este año, elaboradas cuando ya se conocen los datos de los cinco primeros meses, son malas, tan malas que no se atrevieron ni siquiera a sugerirlas en la campaña electoral, y, aunque seguramente corresponden a la hipótesis más optimista en cuanto a la evolución de la actividad durante el resto del año, se pueden considerar razonablemente aproximadas a lo que hoy se puede prever.

Las previsiones para 2010 son también malas, a pesar de que incorporan un grado de optimismo excesivo, el necesario para poder decir que con suerte, a finales de 2010 la economía podría empezar a registrar tasas muy moderadas de crecimiento de la actividad.

Para 2011, la previsión apunta a un crecimiento medio anual compatible, también con suerte, con el mantenimiento de la ocupación a los niveles de 2010, y para 2012 da un salto en la evolución del déficit difícilmente creíble sin una subida muy relevante de los impuestos, ya que están obligados, si no quieren tener problemas con la Comisión, a volver a cumplir a partir de ese año el límite máximo del déficit público establecido en el 3% del PIB.

Se admiten cifras para el déficit público del conjunto de las administraciones del orden del 10% para 2009 y 2010, del 7% en 2011 y del 3% en 2012, cifras que llevarían a España a incumplir otro punto del Pacto de Estabilidad, el que dice que el conjunto de la deuda pública de un Estado miembro no puede sobrepasar el 60% del PIB. El problema es que si no se cambia radicalmente de política económica, las cifras de déficit previstas se superarán ampliamente.

Para corregir estos desequilibrios sólo hay tres vías: aumentar la actividad económica respecto a las previsiones, lo que desgraciadamente no es esperable en el periodo considerado, reducir el gasto público total, aspecto que parece que está fuera del programa de actuaciones del Presidente del Gobierno, y aumentar los impuestos, vía que ya ha empezado a utilizar con la subida de los impuestos especiales a los carburantes y al tabaco.

Los aumentos de impuestos recientemente aprobados aportarán unos 2000 millones de euros anuales (7000 millones en conjunto entre 2009, 2010, 2011 y 2012) pero para no sobrepasar el limite del 60% en la deuda pública respecto al PIB, serán necesarios, hasta finales de 2012, entre cien mil y ciento cincuenta mil millones de euros más, lo que significa que si, como ha anunciado el Presidente del Gobierno, no se subirán más los impuestos durante lo que queda de año, tendrán que hacerlo de forma muy notable a partir de 2010.

Los impuestos que aumentarán, en mi opinión, serán:

- Los impuestos especiales, de nuevo y en cuantía superior a la recientemente aprobada, ya que siempre podrán poner las excusas de que castigan a los consumos “pecaminosos” contra las personas (tabaco y alcohol) o contra el medio ambiente (carburantes) y que España está obligada a subirlos como mínimo hasta que alcancen los valores mínimos fijados por la Comisión.
- El IVA, al menos en el tipo general, que subirá dos o tres puntos hasta el 18 o el 19%. Si se mantienen los tipos bajo y reducido en el 7 y el 4% respectivamente, el Presidente podrá hacer una venta positiva del contenido social de la medida.
- El IRPF, impuesto en el que subirá algo, pero no mucho, el tipo fijo aplicable a los rendimientos del capital (actualmente el 18%), probablemente en 2 puntos el tipo marginal más elevado (con lo que quedaría como se lo encontró en 2004) y no sería extraño que permitiera a las Comunidades Autónomas que consideren insuficientes los ingresos que les procure el nuevo sistema de financiación (si es que lo implanta antes de las próximas elecciones) la aplicación de un recargo autonómico de hasta 3-5 puntos porcentuales adicionales.
- El IBI, que los ayuntamientos aumentarán autónomamente hasta alcanzar los máximos legales actuales, aprovechando el último aumento de valores catastrales, que en no pocos casos ya superan el precio de mercado de los inmuebles.

jueves, 28 de mayo de 2009

Limitación de las deudas hipotecarias a los bienes hipotecados

Ha surgido una iniciativa que supondría una modificación muy relevante de nuestro sistema financiero, que consiste en limitar la deuda, en el caso de los préstamos hipotecarios, a los bienes hipotecados.

Esta normativa es la que rige en el derecho sajón y presenta unas ventajas de claridad evidentes, ya que con la entrega del bien hipotecado queda automáticamente cancelada la deuda de la hipoteca.

Supone una garantía para los particulares, que si hipotecan una vivienda sabrán que lo más que pueden perder, si no son capaces de hacer frente a la hipoteca, es la vivienda hipotecada.

Reduce, obviamente, las garantías para las entidades financieras, ya que si la valoración de la vivienda en el momento de ejecutar la hipoteca resulta ser inferior a la deuda viva en ese momento, perderán definitivamente la diferencia.

Un aspecto sumamente interesante es que precisamente esa reducción de las garantías para las entidades financieras obligará a la adopción de una mayor prudencia en el criterio general, que debería ser de obligado cumplimiento, de prestar dinero sólo a quienes razonablemente puedan hacer frente a la deuda generada con el préstamo.

Otro aspecto muy relevante es la aplicación, retroactiva o no, de ese cambio normativo, en el caso de que se lleve a cabo. A favor de la retroactividad está el hecho de la situación de poder de hecho de las entidades financieras, que han impuesto sus condiciones, en la letra grande y también en la letra pequeña, en las hipotecas, en no pocas ocasiones en contra de la normativa vigente. En contra de la retroactividad está la necesaria seguridad jurídica.

Para mí, lo más importante es que, como una pieza más del necesario cambio del sistema financiero, se adopte ese principio, aunque sea sin retroactividad.

Finalmente, no puedo dejar de exponer mi perplejidad por los apoyos y oposiciones recogidos por esta iniciativa. La propuesta inicial es de Izquierda Unida (con retroactividad) el apoyo más relevante encontrado es del PP, en concreto de Esperanza Aguirre (también con retroactividad) y la oposición proviene del PSOE (no quiere la modificación, con la que Obama estará sin duda de acuerdo, ni siquiera sin retroactividad) ¡Cosas veredes, Sancho!